3. Otras disposiciones. . (2024/29-24)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede de autorización administrativa previa y de construcción, y declaración en concreto de utilidad pública. (PP. 64/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 29 - Viernes, 9 de febrero de 2024

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en el expediente. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta
de fecha 14 de noviembre de 2023, la cual obra en el expediente, y en resumen, expone:
«Que durante todo el procedimiento para la obtención, tanto de la AAU como de
la AAP y AAC del Proyecto, se ha cumplido escrupulosamente con el procedimiento
establecido»; y que «la AAU del Proyecto no se ha modificado en ningún caso, sino que
lo que se modifica son la AAP y AAC otorgadas, quedando inalterada la AAU».
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del
Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la no existencia de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas
por las modificaciones solicitadas en el procedimiento.
Cuarto. Con fecha de 7 de julio de 2023, y habiendo transcurrido el plazo máximo
de un mes sin que haya recaído resolución expresa de la Delegación Territorial de de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla en relación con la solicitud
para que, en aplicación de los dispuesto en el artículo 9 del Decreto 356/2010, determine
la no sustancialidad de las modificaciones relativas al informe favorable de carácter
vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/SE/0125/2021/N), la sociedad
mercantil Fortaleza Solar, S.L. (B-88245998), podrá entender dicha modificación como
no sustancial a los únicos efectos ambientales, y aporta en esta Delegación, la solicitud
de certificación de silencio positivo.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento.
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295307

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
• Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos
directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.