3. Otras disposiciones. . (2024/29-32)
Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se dispone la publicación de la Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se rectifican los errores detectados en el PGOU de Cádiz, relativos a las fichas urbanísticas de la Unidad de Ejecución UE-EX-10 Avda. Portugal-Adriano.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 29 - Viernes, 9 de febrero de 2024

página 1172/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se dispone la publicación de la Orden
de 30 de mayo de 2023, por la que se rectifican los errores detectados en el
PGOU de Cádiz, relativos a las fichas urbanísticas de la Unidad de Ejecución
UE-EX-10 Avda. Portugal-Adriano.
A NTECEDENTES

En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas, y de acuerdo
con la Propuesta de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296742

1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso mediante
Orden de 30 de mayo de 2023, rectificar los errores que afectan a las fichas de la
Unidad de Ejecución UE-EX-10 «Avenida Portugal-Adriano», del Área de Incremento
de Aprovechamiento AIA-EX-07 «Avenida de Portugal», de la Acción de Urbanización
AU-UE-EX-10-01 «Viario Avda. de Portugal-Adriano» y del Área de Reparto AR-EX-09-10
«Avenida de Portugal», del vigente PGOU de Cádiz; por considerar que dicha rectificación
se adecua al supuesto regulado por el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. En el apartado primero de la orden se estableció que al objeto del depósito de la
documentación técnica rectificada resultante de la corrección de error, sustitutiva de la
vigente del PGOU, en el registro administrativo de instrumentos urbanísticos, se debería
aportar con carácter previo a dicho registro la documentación que incluya exclusivamente
las rectificaciones objeto del presente expediente de corrección de error.
3. Mediante informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de 4 de diciembre de
2023, se justifica que el expediente incluye, además de las citadas fichas urbanísticas
rectificadas en virtud de la Orden de 30 de mayo de 2023, a las que se añade un sufijo
a su denominación para distinguirlas de las fichas originales, aquellas otras que incluyen
como única alteración la referencia actualizada a los ámbitos rectificados señalados
anteriormente.
4. La Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio
de Andalucía (LISTA), establece en su artículo 83 que los acuerdos de aprobación
definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Administración
de la Comunidad Autónoma, así como el contenido de sus normas urbanísticas, se
publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por decisión del órgano que los
haya adoptado. La publicación llevará la indicación de haberse procedido previamente al
depósito en el registro del Ayuntamiento y en el de la Consejería competente en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
5. De conformidad con el artículo 15 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula los
registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 15 de diciembre
de 2023 la Delegación Territorial de esta Consejería en Cádiz ha practicado asiento
de anotación accesoria del citado expediente de corrección de error, en el número de
inscripción 5181 correspondiente al Plan General de Ordenación Urbanística de Cádiz.
Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a
efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción
del correspondiente instrumento urbanístico en el registro de la Administración que lo
haya aprobado.