3. Otras disposiciones. . (2024/28-21)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Rincón de la Victoria (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

página 40610/7

Duodécimo. El artículo 8.3 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, establece que
la vigencia de la declaración tendrá carácter indefinido, mientras se mantengan las
circunstancias que motivaron la declaración.
Por todo lo anteriormente expuesto y examinada la Propuesta de Resolución de la
Dirección General de Comercio, de 22 de enero de 2024 y en uso de las competencias
conferidas, esta Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo
RESU ELV E
Primero. Declarar en el municipio de Rincón de la Victoria (Málaga) una zona de gran
afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en base al cumplimiento del criterio
2 del artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, con las siguientes características:
Ámbito territorial: Término municipal completo.
Períodos:
- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos
incluidos.
- Período estival, desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
Segundo. Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Rincón de la Victoria,
conforme a lo establecido en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14
de enero.

00296732

Cuarto. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente, mediante recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en el plazo de un mes; formularse por parte del
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, el requerimiento entre Administraciones previsto
en el apartado 2, del artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dirigido a la persona titular de esta Consejería,
en el plazo de dos meses, a partir de la notificación de esta resolución, y posterior
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme al artículo 46.6 de
la referida ley, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a aquél en que se reciba
la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado; o bien
interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la misma Sala, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución,
conforme lo también previsto en el artículo 46.6 primer párrafo de la citada ley.
La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 14.10.2022,
BOJA número 201, de 19.10), la Secretaria General de Empresa y Trabajo Autónomo,
Fdo.: Adolfina Martínez Guirado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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