3. Otras disposiciones. . (2024/28-21)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Rincón de la Victoria (Málaga).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

página 40610/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio, por
la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Rincón de la Victoria
(Málaga).
En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que
se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia
turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación la Resolución de 1
de febrero de 2024, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que
se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el
municipio de Rincón de la Victoria (Málaga).
Sevilla, 2 de febrero de 2024.- La Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO
AUTÓNOMO, POR LA QUE SE DECLARA UNA ZONA DE GRAN AFLUENCIA
TURÍSTICA, A EFECTOS DE HORARIOS COMERCIALES, EN EL MUNICIPIO DE
RINCÓN DE LA VICTORIA (MÁLAGA)
Vista la solicitud del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga), para la
declaración en este municipio de una zona de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, resultan los siguientes

Primero. Con fecha 5 de diciembre de 2023 ha tenido entrada en el registro de la
Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, la solicitud
del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria para la declaración en este municipio de
una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales (en adelante
ZGAT), conforme al Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios
y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, con las siguientes características:
• Ámbito territorial: Término municipal completo.
• Períodos:
- Semana Santa.
- Período estival.
- Navidad.
• Vigencia: Indefinida.
• Criterios del artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 enero, por el que se solicita la
declaración:
«2. Haber sido declarado Patrimonio de la Humanidad o contener uno o varios bienes
inmuebles declarados de interés cultural integrados en el patrimonio histórico artístico.
4. Albergar la celebración de un gran evento deportivo o cultural, de carácter
autonómico, estatal o internacional, calificado como tal por las autoridades deportivas o
culturales.
5. Encontrarse en la proximidad de áreas portuarias en las que operen cruceros
turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes por haber recibido en el año
inmediato anterior más de 300.000 pasajeros y pasajeras, de acuerdo con la información
estadística de fuentes oficiales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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