3. Otras disposiciones. . (2024/28-17)
Orden de 28 de diciembre de 2023, por la que se concede autorización para impartir enseñanzas de formación profesional en modalidad semipresencial al Centro Docente Privado Torrealba de Almodóvar, Córdoba (PP. 8031/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

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Ciclo Formativo de Formación Profesional de grado superior en
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Módulos profesionales
0380. Formación y orientación laboral
0371. Fundamentos de hardware
0372. Gestión de bases de datos
0369. Implantación de sistemas operativos
0373. Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información
0370. Planificación y administración de redes
0374. Administración de sistemas operativos
0377. Administración de sistemas gestores de bases de datos
0381. Empresa e iniciativa emprendedora
0000. Horas de libre configuración
0376. Implantación de aplicaciones web
0379. Proyecto de administración de sistemas informáticos en red
0378. Seguridad y alta disponibilidad
0375. Servicios de red e Internet

Asimismo, y en base a lo establecido en el Anexo VI de la Orden de 19 de julio de
2010, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en
Administración de Sistemas Informáticos en Red, los siguientes módulos profesionales
pueden ser ofertados en la modalidad a distancia, si bien, requerirán actividades de
carácter presencial:
0370. Planificación y administración de redes.
0371. Fundamentos de hardware.
0378. Seguridad y alta disponibilidad.
La autorización de estas enseñanzas se hace extensiva al módulo profesional de
formación en centros de trabajo con 60 puestos escolares, este deberá ser cursado por
el alumnado de manera presencial según lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden de
28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación
en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el seguimiento de este módulo profesional se
realizará mediante visitas presenciales a los centros de trabajo en el horario y turno que
se haya establecido para el mismo.

Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso académico
2023/2024, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan
efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios
existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione
derechos e intereses legítimos de otras personas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295083

Segundo. Las enseñanzas autorizadas se impartirán según el calendario escolar
aprobado para las enseñanzas de Formación Profesional, por Resolución de la persona
titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación
en Córdoba, según lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 301/2009, de 14 de
julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a
excepción de los universitarios.