3. Otras disposiciones. . (2024/27-33)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe y el Ayuntamiento de Castilleja del Campo (provincia de Sevilla) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de Interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Castilleja del Campo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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XVII. El Decreto 310/2003, de 4 de noviembre, delimita las aglomeraciones urbanas
para el tratamiento de las aguas residuales de Andalucía.
XVIII. Por el Real Decreto 1132/1984, de 26 de marzo, sobre traspaso de funciones
y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de abastecimientos,
saneamientos, encauzamientos, defensa de márgenes y regadíos, se transfiere por el
Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía la facultad de ejercer las competencias
de auxilio técnico y económico a las Corporaciones Locales para la prestación por éstas
de los correspondientes servicios públicos en materia de abastecimiento, saneamiento y
depuración.
XIX. La Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, a la que pertenece el municipio
de Castilleja del Campo por acuerdo plenario de adhesión de 22 de febrero de 1988,
tiene entre sus fines, según el artículo 3.1.º d) de sus Estatutos la depuración de las
aguas residuales urbanas, que comprende su interceptación y el transporte mediante
los colectores generales, su tratamiento y el vertido del efluente a las masas de agua
continentales o marítimas.
Igualmente recoge en el párrafo 4 del mencionado artículo 3 de los Estatutos, que
la prestación de los servicios indicados correspondientes al Ciclo Integral del Agua, se
gestionará a través de la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa), como
Órgano de Gestión Directa de la Mancomunidad, con forma de Sociedad Mercantil;
Aljarafesa presta los servicios hidráulicos en el municipio de Castilleja del Campo como
gestora directa de la Mancomunidad de Municipios desde mayo de 1997.
XX. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/210, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, los
instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XXI. Que, por la Comisión Gestora de la Mancomunidad, en sesión celebrada el día
18 de mayo de 2022, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y
se autoriza a su Presidente don Isidoro Ramos García a la firma del mismo, al igual que
queda facultado para ello como Presidente de Aljarafesa por Acuerdo de 18 de mayo de
2022 del Consejo de Administración de Aljarafesa.
XXII. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 3 de mayo de
2022, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Narciso Luque Cabrera a la firma del mismo.

Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con
lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en las Leyes
Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de Autonomía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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XXIII. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.