Autoridades y personal. . (2024/27-23)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de los concursos públicos para la contratación de personal laboral, no permanente, para la realización de tareas de investigación científica y técnica adscritas a contratos con el exterior y líneas y proyectos de investigación o de servicios científico-técnicos, correspondiente al año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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- Cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos
contenidos en las diferentes convocatorias. Solo serán valorados los méritos alegados y
acreditados documentalmente en formato digital y mediante archivos pdf. Los documentos
se aportarán enlazándolos en los puntos establecidos para ello en la aplicación.
3.3. Con respecto a las personas solicitantes extranjeras que no dispongan de
Certificado Digital, el procedimiento a seguir será el siguiente:
- El interesado debe enviar un correo electrónico a seleccion.capitulovi@uca.es
indicando su interés en presentar solicitud de participación al proceso selectivo para la
contratación de Personal Investigador y/o Técnico de apoyo a la investigación y solicitando
sus claves de acceso como usuario. Deberá especificar en el correo NIF/NIE/Pasaporte o
documento identificativo, nombre, primer apellido, segundo apellido (opcional) y dirección
de correo electrónico.
- Una vez que el interesado esté dado de alta para acceder, se le enviará su clave de
usuario desde la cuenta de correo electrónico seleccion.capitulovi@uca.es.
- Finalmente, el interesado presentará su solicitud a través de la Oficina Virtual de
la Universidad de Cádiz (https://oficinavirtual.uca.es) utilizando sus claves de usuario,
que también podrá utilizar para realizar el seguimiento de su expediente durante todo el
trámite hasta que finalice el proceso de selección, momento en el que se le dará de baja
de oficio.
- A la solicitud, además de todos los documentos relacionados anteriormente,
acompañarán una copia escaneada de la solicitud firmada por el interesado.
3.4. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Comisiones evaluadoras de las solicitudes.
5.1. La Comisión de Contratación será nombrada por el Rector con la siguiente
composición:
- Presidente: Rector o Vicerrector/a en quien delegue.
- Una persona como vocal a propuesta del investigador responsable del proyecto,
contrato o convenio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, y en el plazo máximo de cinco
días hábiles, se hará pública en la página web del área de Personal,
https://personal.uca.es/convocatoria-capitulo-vi/
la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2. Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha
publicación al interesado para que, en un plazo de 5 días hábiles, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido en su petición.
4.3. En el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha límite del
plazo de subsanación de defectos, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la
relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.4. Cuando razones de urgencia lo aconsejen y mediante resolución del Rector, los
plazos establecidos en las bases 4.2 y 4.3 se podrán reducir a la mitad.
4.5. Contra la exclusión definitiva del proceso selectivo se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar desde el
siguiente a su publicación, y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente, y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.