3. Otras disposiciones. . (2024/27-26)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 y se emplaza a los terceros interesados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Cádiz, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo
requerido por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 y se emplaza a los
terceros interesados.
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Dos de Cádiz se ha efectuado
requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso
751/2023 interpuesto por don Fernando Ripollés Barros, en nombre y representación de
don Vicente Lirio Regurea, contra la Resolución de 1 de agosto de 2023, por la cual
se desestima el recurso de alzada interpuesto por aquel, relativo a la modificación de
la calificación final de dos alumnas en la asignatura de Lengua Castellana y Literatura,
así como el emplazamiento de las personas interesadas de acuerdo con los preceptos
procesales aplicables por razón del tipo de procedimiento.
Por todo lo anteriormente expuesto,
RESU ELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso administrativo número 751/2023
del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Cádiz y ordenar la remisión del
expediente.
Segundo. Ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía emplazando a los posibles interesados para que, de conformidad
con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve
días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que, de personarse fuera
del indicado plazo, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos y que, de no
hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar
a practicarles notificación alguna.

00296585

Cádiz, 1 de febrero de 2024.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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