Autoridades y personal. . (2024/26-15)
Resolución de 25 de enero de 2024, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación, próximo a quedar vacante.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Martes, 6 de febrero de 2024

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2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 25 de enero de 2024, de la Viceconsejería, por la que se anuncia
convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación, próximo
a quedar vacante.
De conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de la Función Pública de Andalucía y, en lo que no se opongan a lo dispuesto en
la citada ley, en los artículos 60 a 66 del Reglamento General de Ingreso, promoción
interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de
la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9
de enero, por esta Viceconsejería, en virtud de la competencia delegada por la Orden de
10 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 219, de 15 de noviembre), se acuerda anunciar
convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de
trabajo, próximo a quedar vacante, que se describe en el anexo de la presente resolución,
con sujeción a las siguientes bases:
Primera. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna
los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo aprobada por el Consejo
de Gobierno para el desempeño del puesto de trabajo convocado y que se especifica en
el anexo, y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Segunda. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, se presentarán en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta
de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el
artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercera. En la instancia figurará el puesto que se solicita, los datos personales,
número de registro de personal, cuerpo de pertenencia y grado personal consolidado,
acompañándose «curriculum vitae» en el que se hará constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados en la Administración.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido
del puesto que se solicita.

Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes
de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante
convocatoria pública.
Sevilla, 25 de enero de 2024.- El Viceconsejero, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o
fotocopias, debidamente compulsadas, cuando no consten en la Hoja de Acreditación
de Datos para el personal de la Junta de Andalucía. De la citada documentación se
presentarán tantas copias como puestos a los que se aspire.