Disposiciones generales. . (2024/25-5)
Extracto del Acuerdo del Consejo Social de la Universidad de Huelva, de 16 de enero de 2024, por el que se aprueba una convocatoria de ayuda al fomento de las relaciones universidad-sociedad, para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Lunes, 5 de febrero de 2024

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto del Acuerdo del Consejo Social de la Universidad de Huelva, de 16 de
enero de 2024, por el que se aprueba una convocatoria de ayuda al fomento de
las relaciones universidad-sociedad, para el año 2024.
BDNS: 741344.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Convocatoria.
Convocatoria anual para el otorgamiento de ayudas al fomento de las relaciones
universidad-sociedad.
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras generales de la ayuda al fomento
de las relaciones universidad-sociedad, aprobada por acuerdo del Consejo Social de la
Universidad de Huelva, el 11 de enero de 2022.
Tercero. Financiación.
El importe global de las ayudas reguladas por la presente convocatoria ascenderá
a 8.000 €, de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno del Consejo Social,
en fecha 21 de diciembre de 2023, y recogido en la partida presupuestaria 800.200
(orgánica) 322C (funcional) 482.00 (económica), del presupuesto anual del Consejo
Social de la Universidad de Huelva, a distribuir entre las propuestas presentadas que se
seleccionen por la Comisión correspondiente.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Toda persona interesada en participar en el proceso de adjudicación de las
respectivas ayudas anuales habrá de cumplimentar el formulario correspondiente, que
podrá encontrar, como documento anexo, al final de cada convocatoria. Las solicitudes se
presentarán ante el Registro de la Universidad de Huelva o en algunas de las modalidades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296393

Cuarto. Personas beneficiarias.
Podrá participar cualquier persona física o jurídica que pueda adquirir la forma de
entidad, asociación o colectivo sin ánimo de lucro, formalmente constituido, que pueda
establecer estrechos vínculos con la UHU o que pueda acreditar alguna vinculación actual
con la Universidad de Huelva. La condición de persona jurídica deberá reunirse, como
máximo, el último día de plazo de presentación de solicitudes y habrá de mantenerse
hasta la justificación de la ayuda económica concedida o, en caso de necesidad legal,
hasta el fin del plazo de prescripción de infracciones o sanciones. De esta convocatoria
quedan excluidos los miembros pertenecientes al Consejo Social.
Toda persona interesada en participar en el proceso de adjudicación de las
respectivas ayudas anuales habrá de cumplimentar el formulario correspondiente, que
podrá encontrar, como documento anexo, al final de la convocatoria. Suscrita la solicitud,
se presentará por una persona que represente suficientemente a la entidad, debidamente
identificada, acompañando el documento que acredite tanto su representatividad como la
legalidad de la entidad a la que represente.