5. Anuncios. . (2024/24-87)
Anuncio de 17 de enero de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada), referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 117/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Viernes, 2 de febrero de 2024

página 537/7

Octava. Proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
8.1. Primera fase: Concurso
Esta fase consistirá en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los
méritos alegados y justificados por los aspirantes, en los términos establecidos en la base
séptima, siendo esta fase previa a la de oposición.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295657

Si alguna de las participantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo, de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas participantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
7.3. Orden de actuación.
El orden de actuación de los/las aspirantes, será el establecido mediante resolución
de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado
del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionario/as Civiles de la Administración General del Estado.
7.4. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que
acrediten su identidad, debiendo personarse el día del examen con el documento nacional
de identidad.
7.5. Conocimiento de falta de requisitos de los/las aspirantes.
Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal
que alguno de los/las aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, adoptará las medidas pertinentes.
7.6. Relaciones de personas aprobadas de ejercicios de los procesos selectivos.
El Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de
Almuñécar, página web www.almunecar.es, la relación de quienes hayan superado
las distintas fases del proceso selectivo, con expresión de su nombre y apellidos, y la
puntuación obtenida. Estas relaciones se referirán exclusivamente a las calificaciones
obtenidas en cada una de las pruebas, sin que en ningún caso pueda entenderse que
quienes figuren en ellas han superado el proceso selectivo, para lo que será necesario
figurar en la relación definitiva de personas aprobadas.
7.7. Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de
funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
7.8. Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias, o cuando alguna de las personas seleccionadas carezca
de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, la autoridad convocante podrá
requerir al Tribunal calificador relación complementaria con las personas aspirantes
que sigan a las personas propuestas para su posible nombramiento como personal
funcionario de carrera o laboral fijo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
7.9. A lo largo del proceso selectivo, y conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, toda la información relacionada con los diferentes aspectos
de su desarrollo, y las actuaciones realizadas por el órgano de selección, se publicarán
en la página web del Ayuntamiento de Almuñécar, sin perjuicio de que, adicionalmente y
de manera potestativa, puedan añadirse otros medios complementarios que se juzguen
convenientes para facilitar su máxima divulgación.