3. Otras disposiciones. . (2024/21-55)
Orden de 23 de enero de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se aprueban las propuestas de ampliación de los límites del Lugar de Importancia Comunitaria Sierra de las Nieves y de adecuación de los límites de los Lugares de Importancia Comunitaria Sierra Blanquilla y Sierras Bermeja y Real.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Martes, 30 de enero de 2024

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y el Reto Demográfico para su remisión a la Comisión Europea de la propuesta objeto
de esta Orden, a través del procedimiento establecido en la Orden AAA/2230/2013,
de 25 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de comunicación entre las
administraciones autonómicas, estatal y comunitaria de la información oficial de los
espacios protegidos Red Natura 2000.
2. Para ello se remitirán para cada espacio protegido Red Natura 2000 los
correspondientes Formularios Normalizados de Datos actualizados y cumplimentados y
la documentación complementaria pertinente en el formato establecido en la citada orden
ministerial.
Cuarto. Régimen de protección preventiva.
Conforme a lo establecido en el artículo 43.2, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
para la superficie ampliada del LIC Sierra de las Nieves (ES6170006) que actualmente no
está incluida en la Red Natura 2000, será de aplicación el régimen de protección que se
derive de la aplicación del artículo 46 de la mencionada Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
sin perjuicio de la aplicación del régimen de protección que se deriva de su pertenencia al
Parque Nacional Sierra de las Nieves.
Quinto. Publicación.
La presente orden, incluidos los anexos cartográficos y la fecha de envió de la
propuesta objeto de esta Orden al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. Efectos.
La presente orden tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
No obstante. el régimen preventivo que se establece en el apartado cuarto, tendrá
efectos desde la fecha de envío de la de la propuesta objeto de esta orden al Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Séptimo. Recursos.
La presente orden, que pone fin a la vía administrativa, conforme a lo establecido
en art. 112.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, podrá ser impugnada ante el órgano jurisdiccional competente en virtud del
artículo 10.1.a)de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa o, interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante este órgano, de conformidad
con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.2
de la Ley 9/2007, de 2 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de enero de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00296122

Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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