Disposiciones generales. . (2024/21-1)
Corrección de errores de la Orden de 31 de agosto de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Andalucía y se efectúa la convocatoria del año 2023 (BOJA número 175, de 12 de septiembre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Martes, 30 de enero de 2024

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4. DECLARACIONES (Continuación)
La entidad solicitante se compromete, en el caso de resultar beneficiario, a cumplir toda la normativa nacional y de la
Unión Europea que resulte de aplicación, en particular, en materia de competencia, contratación y adjudicación de obras y
suministros y medio ambiente, y de que se compromete a presentar, en el momento de disponer de ellas, todas las
licencias, autorizaciones y permisos necesarios para los proyectos objeto de ayuda.
Las infraestructuras e inversiones que se ejecuten por los Municipios situados en el área de influencia socioeconómica de
los Parques Nacionales deAndalucía, financiadas con los fondos de las presentes bases, no estarán destinadas a ser
explotadas económicamente, sino que estarán destinadas al uso público gratuito, quedando así excluidas de la aplicación
de las normas sobre ayudas estatales.
En el caso de que los proyectos objeto de la solicitud de ayuda impliquen inversiones en inmuebles de naturaleza rústica o
urbana, la entidad solicitante de la ayuda es titular de los mismos, y en caso de otra titularidad pública, de poseer la
autorización de su titular a favor de dicha entidad solicitante, para realizar las actuaciones por las que se solicita ayuda.
Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en las presentes bases reguladoras.
En e l caso de que la pre se nte solicitud de subvención se presente en representación de la Entidad local, el presentador
cuenta con la capacidad de representación de la misma.
No haber iniciado la actividad con anterioridad al 01/01/2021.
Se compromete a, en el caso de resultar beneficiaria, cumplir el principio DNSH en el sentido establecido en el articulo 2.6
del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 y para ello realizará un
análisis de riesgo ex ante, en relación con este principio para cada uno de los proyectos incluidos en la solicitud de ayuda y
cumplimentará y presentará junto a la solicitud de ayuda el Anexo III.B de la Orden HFP/1030/2021, para cada uno de ellos
y se compromete a realizar el seguimiento y verificación del resultado sobre la evaluación inicial, al finalizar la ejecución de
las actuaciones y a valorar que el proyecto no causa impactos negativos significativos en el medioambiente a lo largo de
todo su ciclo de vida, incluyendo su ejecución y el impacto de sus resultados y a presentar junto con la solicitud de pago un
Anexo III.B, para cada uno de los proyectos finalmente realizados, con el resultado de la evaluación.
Declara que ninguno de los proyectos o actuaciones objeto de la solicitud se encuentran entre las actividades excluidas de
la Guía DNSH del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Aceptar la cesión de los datos (en los terminos definidos en el Anexo IV.B de la orden HFP/1030/2021) entre las
Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y
de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales (2).
Comprometerse con el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que puedan afectar al
ámbito objeto de gestión en los terminos definidos en el Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021 (3).
Otra/s (especificar):

(1) Se puede consultar en el siguiente enlace: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es/article_attachments/6931661447569/
MANUAL_DE_COMUNICACI_N_PARA_LOS_GESTORES_DEL_PLAN_2022_06_17.pdf
(2) Pueden encontrar el contenido del Anexo IV.B de la Orden HFP 1030/2021 en el apartado correspondiente de las instrucciones relativas a la
cumplimentación de este formulario.
(3) Pueden encontrar el contenido del Anexo IV.C de la Orden HFP 1030/2021 en el apartado correspondiente de las instrucciones relativas a la
cumplimentación de este formulario.

00296123

ACEPTO mi inclusión en la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del
Reglamento (CE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja