Autoridades y personal. . (2024/20-19)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio Director/a de Unidad de Gestión Clínica de Valle de Lecrín en el Distrito Sanitario de Atención Primaria Metropolitano de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 803/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de
concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio Director/a de
Unidad de Gestión Clínica de Valle de Lecrín en el Distrito Sanitario de Atención
Primaria Metropolitano de Granada.
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias,
dispone en el apartado 3 de su artículo 4 que los profesionales sanitarios desarrollan,
entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de Gestión
Clínica, de prevención, de información y de educación sanitarias.
Asimismo, la citada Ley 44/2003, en su artículo 10, apartado 1, establece que las
Administraciones sanitarias, los servicios de salud o los órganos de gobierno de los
centros y establecimientos sanitarios, según corresponda, establecerán los medios y
sistemas de acceso a las funciones de gestión clínica a través de procedimientos en
los que habrán de tener participación los propios profesionales, y en el apartado 2 del
mismo artículo postula que tendrán la consideración de funciones de gestión clínica las
relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales,
estableciendo también que tales funciones podrán ser desempeñadas en función
de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y la adecuada capacitación.
Finalmente, el apartado tercero del reiterado artículo 10, normativiza que el ejercicio de
funciones de gestión clínica estará sometido a la evaluación periódica y podrá determinar,
en su caso, la confirmación o remoción del interesado en dichas funciones.
El Decreto 197/2007, de 3 de julio, de la Consejería de Salud por el que se regula la
estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en
el ámbito del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 140, de 17 de julio), fija la estructura
funcional de los Distritos de Atención Primaria, definiendo las Unidades de Gestión Clínica
como la estructura organizativa responsable de la atención primaria de salud a la población
y estableciendo sus fines y composición, postulando en su artículo 25 que en cada unidad
de gestión clínica existirá una dirección que tendrá rango de cargo intermedio.
Por otra parte, Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de
provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA núm. 66, de 9 de abril de 2021), incluyó la Dirección de Unidad
de Gestión Clínica dentro del conjunto de cargos intermedios del Servicio Andaluz de
Salud, estableciendo y regulando su acceso a través de lo contemplado en este.

RESU ELV E
Primero. Convocar, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del
puesto de cargo intermedio de Director/a de Unidad de Gestión Clínica de Valle de Lecrín
en el Distrito Sanitario de Atención Primaria Metropolitano de Granada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296013

Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 15 g) del
Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General
de Personal