3. Otras disposiciones. . (2024/20-38)
Resolución de 22 de enero de 2024, de Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el proyecto I+D+I «Desarrollo de Instrumentación Científica Avanzada para Infraestructuras Nacionales e Internacionales en Astrofísica y Física de Altas Energías», al objeto de canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+I de Astrofísica y Física de Altas Energías, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 40257/2

(BOE 23/12/2022. Res. Presidencia CSIC de 14 de diciembre de 2022, por la que se
resuelve convocatoria de libre designación), actuando en nombre y en representación de
esta institución en virtud de las competencias delegadas por resolución de 5 de diciembre
de 2023 de la Presidencia del CSIC (BOE de 18 de diciembre siguiente).
Asimismo, el CSIC actúa en su condición de representante de la agrupación de
participantes en el proyecto I+D+I «Desarrollo de instrumentación científica avanzada para
infraestructuras nacionales e internacionales en astrofísica y física de altas energías»,
en los términos establecidos en el acuerdo de agrupación suscrito, el 16 de octubre de
2023, entre el CSIC, la Universidad de Sevilla, la Universidad de Huelva, la Universidad
de Córdoba, la Universidad de Granada, la Universidad de Jaén, la Universidad de
Cádiz, el Centro Astronómico Hispano de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide
(la cual participa en el desarrollo del proyecto aunque sin asignación económica en
este convenio), contando con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que
corresponden a la agrupación, en virtud de las escrituras públicas aportadas.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria en la
representación que ostentan para el otorgamiento de este Convenio y al efecto
E XPONEN

Segundo. Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47.2 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Ley de la Ciencia), es un organismo
público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que tiene por objeto el fomento, la
coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de
carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo
económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a
entidades públicas y privadas en estas materias, de acuerdo con lo previsto en el artículo
4 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (BOE de 14
de enero de 2008).
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de Presupuestos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295998

Primero. Que el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 10.3.11,
establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el desarrollo
industrial y tecnológico basado en la innovación, la investigación científica, las iniciativas
emprendedoras públicas y privadas, la suficiencia energética y la evaluación de la calidad,
como fundamento del crecimiento armónico de Andalucía, mientras que el artículo 37.1.13
establece el fomento de la capacidad emprendedora, la investigación y la innovación
como uno de los principios rectores de las políticas públicas.
Por su parte, el artículo 1.1 del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, le
atribuye a ésta tanto las competencias en materia de fomento y la coordinación de la
investigación científica y técnica, con especial atención a los proyectos de investigación
y aplicación del conocimiento, y la aplicación de sus resultados al tejido productivo, como
el apoyo a la innovación tecnológica y la inversión empresarial en materia tecnológica.
Asimismo, en el artículo 6 del citado Decreto 158/2022, de 9 de agosto, se asignan
a la Secretaría General de Investigación e Innovación, entre otras funciones, todas
las relacionadas con las políticas de investigación, transferencia del conocimiento y
tecnología, así como de innovación y las previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre. En particular, le corresponden el impulso y la coordinación de la investigación
científica y técnica.