5. Anuncios. . (2024/20-46)
Anuncio de 24 de enero de 2024, de la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de personas con Enfermedad Mental FAISEM, por el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura de la Dirección Económico-Financiera de la entidad (puesto directivo profesional).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 782/2

RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA
INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL, FAISEM. POR
LA QUE SE FORMALIZA LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO
DIRECTIVO DE LA DIRECCIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LA ENTIDAD
El artículo 13.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas,
manifiesta que:
«1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las
Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada
Administración.
2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y
concurrencia.»
En términos idénticos se manifiesta el artículo 29 de nuestros estatutos, tras indicar:
«29. 1. Estructura de personal. Puestos directivos: “Puestos directivos. Además del
puesto de Gerente, la Fundación podrá contar con la siguiente estructura de puestos
directivos:
- Un puesto directivo en el área de programas, evaluación e investigación.
- Un puesto directivo en el área económico-financiero.
- Un puesto directivo en el área de administración y servicios generales.
- Un puesto directivo en el área de RR.HH., y profesionales.
Las personas que ocupen puestos directivos en la Fundación serán contratadas
mediante contrato de alta dirección en atención a la especial responsabilidad,
competencia técnica y relevancia de las tareas que le son asignadas, y actuarán con
pena dedicación, autonomía y responsabilidad en el marco de la normativa vigente para
las entidades instrumentales del sector público andaluz.
La designación del personal directivo se efectuará atendiendo a los principios de
mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. El contrato de alta dirección y su régimen
económico estará sometido a los límites y requisitos y condiciones del personal directivo
de las entidades del sector público andaluz.»
En virtud de cuanto antecede
RESU ELVO
Primero. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria para el proceso de
selección para la cobertura del puesto directivo de la Dirección Económico-Financiera de
la entidad.
Segundo. Publicar las citadas bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en
el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en el portal web de la entidad, a los
efectos de su conocimiento general.

1. Normas generales.
Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto
de trabajo en régimen laboral de alta dirección, de la Dirección Económica Financiera, en
los Servicios Centrales de la Fundación, cuyo perfil profesional se indica seguidamente,
al amparo de lo previsto en los Estatutos de la entidad:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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BASES