5. Anuncios. . (2024/20-39)
Anuncio de 10 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se somete a información pública la declaración de utilidad pública del proyecto que se cita. (PP. 8046/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 40076/2

Tramo III (Subterráneo):
• Longitud de línea: 1.255 metros.
• Origen: Ap. núm. 2 PAS.
• Final: SET Zumajo I.
La servidumbre de paso aéreo y de paso subterráneo de energía eléctrica y la propia
planta fotovoltaica comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo
establecido en los artículos 157, 158, 159 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre:
Artículo 158. Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica.
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los
cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos
postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.
Artículo 159. Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica.
a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con
las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas
y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre
subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos
de la instalación.
b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los
conductores.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación y reparación de la línea eléctrica.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.
De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la
urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios
de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación cuya relación se inserta al
final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de ejecución podrá ser examinado en
las dependencias de esta Delegación Territorial en Jaén, sita en Paseo de la Estación,
núm. 19, 2.ª planta, 23007 Jaén, o en la página web de la Junta de Andalucía a través de
la url: www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html y, en su
caso, presentarse en dicho centro las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo
de 30 días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

00295362

Así mismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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