3. Otras disposiciones. . (2024/18-23)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Jueves, 25 de enero de 2024
página 40227/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía en Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.
Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en Sevilla, sita en Avda. de Carlos V, s/n (Prado San Sebastián),
se ha interpuesto por doña Nieves Zurita García recurso contencioso-administrativo
núm. P.O. 506/2023 contra la Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General
de Desarrollo Educativo, por la que se publican las puntuaciones definitivas del baremo
de méritos de las personas aspirantes en el procedimiento selectivo extraordinario de
estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de
Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y
Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocado
por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de 14 de
noviembre de 2022.
Publicándose la presente para notificación a los terceros interesados y sirviendo de
emplazamiento para que puedan comparecer y personarse como demandados ante la
citada Sala, en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la publicación
de esta resolución, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado
con poder al efecto, haciéndoseles saber que, de personarse fuera del plazo indicado,
se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del
procedimiento, y que si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por
sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

00295856

Sevilla, 22 de enero de 2024.- La Secretaria General Técnica, Isabel Gabella Valera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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