Autoridades y personal. . (2024/18-9)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Jueves, 25 de enero de 2024

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Hoja 12 de
página 40224/9

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ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

ANEXO III
(Baremo)
BAREMO
VALORACIÓN
1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

Hasta 3 puntos

Cuando se haya prestado servicio simultáneamente en más de un centro educativo y/o distinto nivel educativo,
no se podrá acumular la puntuación, valorándose el que pudiera resultar más ventajoso.
1.1. Por cada año de experiencia docente en
especialidades del cuerpo al que se opta, en
centros públicos.
1.2. Por cada mes en las plazas que se indican en
el apartado anterior.
1.3. Por cada año de experiencia docente en
especialidades de distintos cuerpos al que se
opta, en centros públicos.
1.4. Por cada mes en las plazas que se indican en
el apartado anterior.
1.5. Por cada año de experiencia docente en
especialidades del mismo nivel o etapa
educativa que el impartido por el cuerpo al que
se opta, en otros centros.
1.6. Por cada mes en las plazas que se indican en
el apartado anterior.
1.7. Por cada año de experiencia docente en
especialidades de distinto nivel o etapa
educativa que el impartido en el cuerpo al que
se opta, en otros centros.
1.8.- Por cada mes en las plazas que se indican
en el apartado anterior.

0,5000

0,0416
0,2500

Hoja de servicios o certificación expedida
por
la
Administración
educativa
correspondiente en la que conste el cuerpo
y la duración exacta de los servicios, con
fecha de inicio y de fin.
Quedan exentos de acreditación los
servicios prestados en la Comunidad
Autónoma de Andalucía a partir del 1 de
septiembre de 1999.

0,0208

0,1500

0,0125
0,0750

Certificación de la dirección del centro
haciendo constar el nivel educativo, la
especialidad y la duración exacta de los
servicios, con fecha de inicio y fecha final
de los servicios prestados y, además el
visto bueno de la Inspección de Educación.

0,0062

00295853

Se entiende por centros públicos los centros a que se refiere el capítulo II del título IV de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, integrados en la red pública de centros, creados y sostenidos por las Administraciones
educativas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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