Autoridades y personal. . (2024/18-9)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Jueves, 25 de enero de 2024

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Hoja 14 de
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ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

BAREMO

00295853

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
VALORACIÓN
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido alegadas ni
conducentes a la titulación presentada como requisito. Tampoco se valorarán las titulaciones ya baremadas
en otro apartado o conducentes a otros méritos. En todos los casos se deberá aportar la certificación
académica oficial donde consten las asignaturas que se han cursado y superado.
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se debe presentar la correspondiente credencial de
homologación.
2.3.1. Titulaciones de Grado.
Título o, en su defecto, certificación
acreditativa donde conste haber finalizado
Por cada título universitario oficial de grado o
1,5000
los estudios conducentes a dicha titulación
equivalente.
junto con el pago de los derechos de
expedición.
Título o, en su defecto, certificación
2.3.2. Titulaciones de primer ciclo.
acreditativa donde conste haber finalizado
los estudios conducentes a dicha titulación
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica,
junto con el pago de los derechos de
Arquitectura Técnica o títulos declarados
expedición.
legalmente equivalentes y por los estudios
En el caso de alegar los tres primeros
correspondientes al primer ciclo de una
1,0000
cursos de una Licenciatura, Ingeniería o
Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.
Arquitectura, certificación académica en la
que se acredite que se han cursado y
superado
todas
las
asignaturas
correspondientes (no se considera
titulación de primer ciclo la superación del
curso de adaptación).
Título o, en su defecto, certificación
2.3.3. Titulaciones de segundo ciclo o
acreditativa donde conste haber finalizado
equivalentes.
los estudios conducentes a dicha titulación
Por los estudios correspondientes al segundo
junto con el pago de los derechos de
1,0000
ciclo
de
Licenciaturas,
Ingenierías,
expedición.
Arquitecturas, Grados o títulos declarados
Si solo se presenta la titulación de segundo
legalmente equivalentes.
ciclo, solo se valorará este último.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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