Disposiciones generales. . (2024/18-2)
Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, de la transformación y de la comercialización al por mayor de productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción que se relacionan, durante los periodos de referencia que se establecen en esta orden, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la orden que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Jueves, 25 de enero de 2024
página 40229/2

habiendo presentado la solicitud de ayuda en dichas convocatorias, tengan facturas que,
siendo elegibles, no hubieran sido presentadas junto con la referida solicitud de ayudas.
b) Del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023:
- En relación con los costes adicionales derivados del incremento de los costes de
producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases,
envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura.
- En relación con los costes adicionales derivados del incremento de los costes
de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases
y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas
natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de
productos de la pesca y de la acuicultura.

Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas destinadas a compensar económicamente a los
operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales derivados del incremento
de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos),
oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico, así como la convocatoria de ayudas
destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la transformación
y de la comercialización al por mayor de productos de la pesca y de la acuicultura, por los
costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por harinas, pan
rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón,
plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad, debido a la perturbación
del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, en el periodo de
referencia subvencionable del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295861

Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Para las ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los
costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno
y gases, envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura, las empresas
acuícolas consideradas PYME’s y grandes empresas, que sean titulares de la
autorización administrativa de cultivos marinos o continentales para sus instalaciones,
establecimientos o explotaciones en Andalucía a fecha de presentación de la solicitud
de ayuda. Las referidas instalaciones, establecimientos o explotaciones deben estar
inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) durante el periodo
de referencia subvencionable.
b) Para las ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes
de producción por harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases
y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas
natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de
productos de la pesca y de la acuicultura:
b.1. Las empresas que lleven a cabo tareas de transformación de productos de la
pesca y la acuicultura recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 1379/2013, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece
la Organización Común de Mercados en el sector de los productos de la pesca de y de la
acuicultura, que hayan estado dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
(IAE) durante todo el periodo de referencia subvencionable, entendiéndose por
«transformación» el proceso de preparación de la presentación que incluye el fileteado,
envasado, enlatado, congelación, ahumado, salazón, cocción, escabechado, secado o
cualquier otra preparación del pescado para el mercado.
c) Las empresas que lleven a cabo la comercialización al por mayor de productos de
la pesca y la acuicultura recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 1379/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013. Quedan excluidas
las empresas de comercio al por menor.