3. Otras disposiciones. . (2024/17-54)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Secretaría General de Energía, por la que se habilita un mecanismo de comunicación para la participación de las entidades interesadas en la elaboración de la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía contemplada en la Orden TED/1375/2023, de 21 de diciembre, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con Horizonte 2030.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

página 40212/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Secretaría General de Energía, por
la que se habilita un mecanismo de comunicación para la participación de
las entidades interesadas en la elaboración de la propuesta de la Comunidad
Autónoma de Andalucía contemplada en la Orden TED/1375/2023, de 21 de
diciembre, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de
desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con Horizonte 2030.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 23 de diciembre de 2023 se ha publicado en el Boletín Oficial del
Estado la Orden TED/1375/2023, de 21 de diciembre, por la que se inicia el procedimiento
para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con
Horizonte 2030, estableciendo un plazo desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de
marzo de 2024 para que los sujetos del sistema eléctrico, las Comunidades Autónomas
y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y los promotores de nuevos proyectos de
generación y consumo eléctrico, remitan sus propuestas al Ministerio de Transición
Ecológica y Reto Demográfico y al operador del sistema eléctrico y gestor de la red de
transporte de energía eléctrica. De acuerdo al Anexo I de dicha orden, la Comunidad
Autónoma debe justificar las solicitudes relativas a la nueva generación o nueva demanda.
Segundo. Con el objeto de fomentar la participación de las entidades interesadas en
la elaboración de la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y sin perjuicio
de los demás mecanismos previstos en la normativa de aplicación, desde la Secretaría
General de Energía se considera necesario habilitar un mecanismo de comunicación que
posibilite trasladar a esta Administración sus aportaciones, de forma que la propuesta que
debe emitir la comunidad autónoma se formule de una manera más completa y motivada.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el
artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. El Decreto 163/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política
Industrial y Energía, actual Consejería de Industria, Energía y Minas, tras la aprobación
del Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, atribuye en su
artículo 6 a la Secretaría General de Energía las competencias en materia de energía.
En consecuencia, vistos los antecedentes de hecho y el fundamento de derecho
expuestos, esta Secretaría General de Energía

Primero. Establecer que el mecanismo para que las entidades que quieran comunicar
sus aportaciones de desarrollo de la red de transporte a esta Administración, a efectos
de elaborar la propuesta que debe emitir la Comunidad Autónoma de conformidad con la
Orden TED/1375/2023, sea a través de la «Presentación Electrónica General», cuya url
de acceso es la siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELV E