3. Otras disposiciones. . (2024/17-47)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Triatlón.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la
Federación Andaluza de Triatlón.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Decreto 41/2022, de 8 de
marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la
estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas,
por Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 17 de enero
de 2024, se ratificaron los Estatutos de la Federación Andaluza de Triatlón y se acordó su
inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de
Triatlón, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 18 de enero de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE TRIATLÓN
TÍTULO I
DEFINICIÓN, OBJETO SOCIAL, RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNCIONES
Artículo 1. Definición.
1. La Federación Andaluza de Triatlón, es una entidad deportiva de carácter privado y
naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad
de obrar para el cumplimiento de sus fines, consistentes en la promoción, práctica y
desarrollo del Triatlón y sus respectivas especialidades (Acuatlón, Duatlón, Triatlón,
Cuadriatlón, Triatlón de Invierno, Paracuatlón, Paraduatlón y Paratriatlón, a excepción
de la especialidad de «Paratriatlón para personas con discapacidad auditiva») y pruebas
(Acuatlón Cros, Aquabike, Duatlón Cros, Duatlón de Invierno, Duatlón Gravel, Triatlón Cros
y Triatlón Gravel) en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas
de carácter administrativo, actuando en estos casos como agente colaboradora de la
Administración y ostenta el carácter de utilidad pública en Andalucía.
3. La Federación Andaluza de Triatlón es una entidad de utilidad pública, de
conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley del Deporte de Andalucía, gozando
de los beneficios previstos en la legislación aplicable. La Federación Andaluza de Triatlón
se integra en la correspondiente Federación Española, de acuerdo con el procedimiento
y requisitos establecidos en los Estatutos de ésta, gozando así del carácter de utilidad
pública, de conformidad con la Ley del Deporte Estatal.

Artículo 3. Representatividad.
1. La Federación Andaluza de Triatlón ostenta la representación de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en las actividades y competiciones deportivas oficiales de
carácter estatal e internacional, celebradas dentro y fuera del territorio español.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295820

Artículo 2. Composición.
La Federación está integrada por los clubes deportivos, secciones deportivas,
deportistas, entrenadores/as, técnicos/as, jueces y oficiales, que de forma voluntaria y
expresa se afilien a través de la preceptiva licencia.