3. Otras disposiciones. . (2024/17-48)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

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y ética, y una mejor integración de la organización federativa en la sociedad que, en
ocasiones, se ha echado en falta por algunos estratos sociales, públicos y políticos.
La Junta Directiva de la FANDDI, impulsora de la actual transformación y renovación
de las normas de la FANDDI, presenta a la Asamblea general, un Código de buen
gobierno que, más allá de las obligaciones legales y de las normas que deben recoger
los estatutos de las federaciones, incluya los principios de actuación y buenas prácticas
que orientan su actuación y la de sus órganos, inspirados por principios éticos.
Este Código trata las siguientes materias y pautas:
• Principios de actuación y buenas prácticas en el acceso a la información por parte
de los miembros, señalando las pautas que deben guiar su actuación, que deberá ser
con intención consultiva y no inspectora, siempre dentro de las previsiones legales,
generando transparencia, independencia, adecuada gestión y planificación.
• Contiene los aspectos propios de un código de buen gobierno.
• Para los órganos de la FANDDI y otros grupos de trabajo, se establecen las
obligaciones y responsabilidades que han de asumir sus integrantes, las pautas y
principios que han de orientar la toma de decisiones y los contratos, y se regula el posible
conflicto de intereses en materia económica. Se establece la autoevaluación de la Junta
Directiva, como forma de mejorar en el desempeño de sus funciones.
• Se destaca la importancia del equipo profesional en la gestión de la FANDDI, así
como la posibilidad de poder realizar una evaluación de este.
• Aceptación, verificación y cumplimiento del Código. Señala la necesidad de
difundirlo a los afectados por él para que lo acepten, esperando que contribuya al mejor
funcionamiento de la FANDDI, y a un mayor rigor y transparencia en las relaciones
internas, específicamente con los miembros y en general con la sociedad, creando el
órgano procedente para cuidar de ese cumplimiento, como es el Comité de Transparencia
y Buen Gobierno.
Ámbito subjetivo.
El presente Código de buen gobierno se aplicará en la Federación Andaluza de
Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual (en adelante la FANDDI), y por
extensión, a sus Órganos de gobierno, representación y administración, miembros,
empleados, y a aquellas áreas o grupos de trabajo que se creen.

1. Acceso a la información.
1.1. Mediante el presente Código se regula el derecho de acceso a la información en lo
que se refiere a temas relativos a la gestión y funcionamiento de la FANDDI, en el marco
de su normativa propia, y en el de la legislación vigente en materia de transparencia y
buen gobierno de las entidades de su naturaleza.
1.2. Serán beneficiarios directos de la información todos los miembros de la FANDDI
a través de sus representantes en los distintos órganos de esta, cada cual, en el ejercicio
de sus competencias, o bien, las autoridades mediante resolución motivada u orden
judicial pertinentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295839

Ámbito objetivo.
El documento formula recomendaciones que pretenden sintetizar prácticas de
Transparencia y buen gobierno en la FANDDI, y se refiere, tanto al régimen de acceso
a la información de sus miembros, como al control de los contrato y transacciones
económicas que se efectúen.
De esta manera, el deber de actuar con lealtad respecto a la FANDDI impone
el cumplimiento de un catálogo de medidas y obligaciones para los miembros de sus
órganos, que son las siguientes: