3. Otras disposiciones. . (2024/16-74)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de diciembre de 2023, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2024-2025, en los estudios universitarios de Grado.
9 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

página 518/2

Considerando que, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real
Decreto 412/2014, de 6 de junio, el calendario con los plazos mínimos de preinscripción
y matriculación en las Universidades públicas en el curso 2024-2025 está en proceso de
elaboración por parte de la Conferencia General de Política Universitaria, esta comisión
ha estimado oportuno establecer mediante el presente acuerdo el procedimiento de
admisión en la Fase Extranjeros en estudios universitarios oficiales de Grado de aquellas
personas que se encuentren en la situación prevista en el artículo 3.1.d) del Real Decreto
412/2014, de 6 de junio, y cumplan los requisitos fijados en el artículo 2 del presente
acuerdo. Se publicará con posterioridad el acuerdo que regule el procedimiento de
admisión para los restantes supuestos incluidos en las fases ordinaria y extraordinaria.
Asimismo, para el desarrollo de este acuerdo se ha tenido en cuenta la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, por lo
que las comisiones que pudieran establecerse procurarán la presencia equilibrada de
mujeres y hombres.
En atención a todo ello, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía,
en uso de las atribuciones que le vienen conferidas, acuerda aprobar el procedimiento
de admisión, los plazos de preinscripción y periodos de matriculación así como las
reglas para establecer el orden de prelación en la adjudicación de plazas en la fase
específica para estudiantes extranjeros en los estudios de Grado en los centros de las
Universidades Públicas de Andalucía para el curso 2024-2025, según se regula en los
siguientes artículos:
CAPÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES

Artículo 2. Requisitos de las personas solicitantes.
Las personas a las que se refiere el artículo anterior deberán solicitar preinscripción y
cumplir los siguientes requisitos:
- Estar en posesión de títulos, diplomas o estudios que estén homologados o
declarados equivalentes al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, o hayan
solicitado su homologación. Estos títulos, diplomas o estudios deberán ser distintos del
título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato Internacional o de títulos,
diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito
acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a la universidad, en régimen
de reciprocidad.
- Acreditar una nacionalidad extranjera.
- Haber obtenido el título, diploma o estudios en un centro ubicado en el extranjero
con posterioridad al 1 de enero de 2021. En el supuesto de que, al cierre del plazo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295621

Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Este acuerdo será de aplicación a quienes deseen iniciar estudios universitarios
oficiales de Grado que se impartan en alguna universidad pública de Andalucía y cumplan
los requisitos establecidos en el artículo 2. No obstante, quienes deseen continuar sus
estudios en una universidad distinta de aquella en la que los hubiesen comenzado
podrán, además, solicitar directamente la admisión a los estudios de que se trate al
Rector o Rectora de dicha universidad, quien resolverá con los criterios que establezca
su normativa propia sobre traslados de expedientes.
Todo lo anterior, sin perjuicio de las normas propias de cada universidad en relación
con los procesos de matriculación, permanencia, incompatibilidades u otros requisitos
que exijan los correspondientes planes de estudios.