Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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ANEXO VII

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO
1. DATOS IDENTIFICATIVOS DEL TÉCNICO COMPETENTE
La persona que presente este formulario deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren.
2. NOTIFICACIÓN
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder
efectuar el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso,
independientemente de que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano
gestor del procedimiento.
3. IDENTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITÓ LA SUBVENCIÓN
Deberá identificar la misma.
4. DATOS DEL PROYECTO CERTIFICADO
Debe cumplimentar los datos identificativos del proyecto de adaptación a certificar.
5. RELACIÓN DE INSTALACIONES
La información precargada se corresponde con la reflejada en la resolución definitiva de concesión de la subvención.
La persona que realiza la certificación debe certificar dos circunstancias:
- Adecuación de los apoyos. En el caso de que las coordenadas del apoyo no coincidan con las reales o que la fecha de la
adecuación no sea la correcta, se deberán indicar los valores que se suscribirán por la persona técnica firmante en las mismas
casillas. Así mismo, se desmarcarán aquellas correcciones de la resolución definitiva no confirmadas sobre el terreno.
- Adecuación de los vanos. La persona técnica deberá desmarcar la casilla "Adecuación de vano realizada" si no se han realizado
sobre el vano ninguna de las adecuaciones subvencionables. En el caso de la fecha, si la que se presenta no es la que se suscribe por
la persona técnica, se deberá indicar cuál es en la misma casilla.
6. DECLARACIONES
Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre):
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación/subvención arriba referenciado, el firmante, como
participante en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara:
Primero. Estar informado de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de
las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por
cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador
de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00295753

006736/A05

2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el
procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores
.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán
abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den
algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja