Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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4. DECLARACIONES (Continuación)
e) El proyecto/memoria se adecúa a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en
virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01), a la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España y a su correspondiente
Anexo y no ampara actividades excluidas tales como:
1. Construcción de refinerías de crudo, centrales térmicas de carbón y proyectos que impliquen la extracción de petróleo
o gas natural, debido al perjuicio al objetivo de mitigación del cambio climático.
2. Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos, excepto los
proyectos relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la
infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el Anexo III de la Guía
Técnica de la Comisión Europea.
3. Actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las
cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los
parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas
por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia, deberá
facilitarse una explicación motivada al respecto.
4. Compensación de los costes indirectos del RCDE.
5. Actividades relacionadas con vertederos de residuos e incineradoras, esta exclusión no se aplica a las acciones en
plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni en las plantas existentes,
cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su
almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no
conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil.
Estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta.
6. Actividades relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico, esta exclusión no se aplica a las acciones en
plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su
eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el
compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la
capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil. Estos pormenores deberán
justificarse documentalmente para cada planta.
7. Actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente.
f) Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en
todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la
actividad.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración dará lugar a la obligación de devolver
las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes.
Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas (anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre):
Como entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR necesarias para la consecución de los
objetivos definidos en la componente 4 "Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad",
inversión 2 (C4.I2) "Conservación de la biodiversidad terrestre y marina" del PRTR, declara conocer la normativa que es de
aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la
ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que
permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de
conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;

iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y
resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas me didas y que indique la cuantía de los fondos
desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295753

iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se
define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);