Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la persona o entidad solicitante:
GENERALES
No se encuentra incursa en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el
artículo 116 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucíade de acuerdo con el artículo
5.2.a) de estas bases reguladoras.
Está al corriente de sus obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración de la Junta de Andalucía.
No ha solicitado otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos ni, en su caso, concedidos para la misma finalidad, en virtud
de cualquier fondo de la UE.
Acepta, en el caso de ser beneficiario de la ayuda, a que las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa
establecida en la Ley 1/2014, de 24 de junio, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, así como respetar las normas al respecto que establezcan el MRR.
Se somete a la comprobación de cualquie r dato conforme al Plan de Me didas Antifraude que aprue be e l órgano gestor de estas
ayudas a efectos de la prevención, detección y corrección del fraude.
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria, se compromete a aportar la documentación
exigida en las bases reguladoras y cumple todos los requisitos exigidos en el artículo 5 de las presentes bases reguladoras y se
compromete a cumplir las obligaciones exigidas en las mismas.
Indica que la solicitud cumple el criterio de admisibilidad indicado en el artículo 6.2 de estas bases reguladoras, sin perjuicio
de su posterior acreditación.
Concedera los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la
Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
Cumplirá la legislación medioambiental pertinente nacional y de la Unión Europea.
Ha iniciado las correcciones indicadas en el proyecto de adecuación, conforme a los plazos previstos en el artículo 7 de las
bases reguladoras (1).
La cuantía solicitada para la corrección de los apoyos y/o vanos de la línea eléctrica aérea objeto de la ayuda no va a generar,
en ningún momento, un beneficio ilícito a dicha persona, quedando a disposición de esta Consejería la facultad de requerir la
aportación de cualquier documentación que, en su caso, se le requiera para justificar dicho aspecto, principalmente referido a
los documentos relativos a los gastos e inversiones de la actividad, acreedores, facturas o documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que se conformen como documentación acreditativa
del pago.
(1) Se entiende como inicio de las correcciones la corrección de al menos un apoyo o vano.

ESPECÍFICAS PRTR
Cumple los principios y criterios específicos de especial consideración que han de ser tenidos en cuenta por las personas
solicitantes para la obtención de la subvención y que vienen recogidos expresamente en el articulo 4 de las bases reguladoras.
Cumple el principio de "No Causar Perjuicio Significativo" a los seis objetivos medioambientales expresados en el Articulo 17
del Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020 (1).
Aceptar la cesión de los datos (en los terminos definidos en el Anexo IV.B de la orden HFP/1030/2021) entre las
Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales (1).
Se compromete con el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que puedan afectar al ámbito
objeto de gestión en los terminos definidos en el Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021 (1).
Que no existe conflicto de intereses en los terminos indicados en el anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre (1).

(1) En el apartado correspondiente de las instrucciones relativas a la cumplimentación de este formulario correspondiente a este bloque puede
encontrar la descripción detallada de lo que conlleva esta declaración.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295753

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