3. Otras disposiciones. . (2024/15-47)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre la gestión de la valoración de las personas con discapacidad. Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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principios de economía, eficacia, eficiencia y equidad en cuanto al cumplimiento de los planes y
programas establecidos, con especial atención a los relativos a ingresos y gastos (art.4 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía).
14

La responsabilidad de la Cámara de Cuentas es concluir si la gestión de la valoración de las
personas con discapacidad se ajusta a los principios de eficacia, eficiencia y economía.

15

Esta fiscalización operativa consiste en una elaboración de informe directo con conclusiones y
seguridad razonable sobre los resultados y valoraciones expuestos.

16

La fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo (ISSAI-ES 100 y 300), desarrollados
en guías prácticas de fiscalización de los OCEX. De manera concreta la ISSAI-ES-300 “Principios
fundamentales de la fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3000 “Normas y directrices para la
fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3100 “Anexo a las directrices para la fiscalización operativa”,
las GPF-OCEX-3000, 3910, 3920, de auditoría operativa y la GPF-OCEX 5313 “Revisión de los
controles básicos de ciberseguridad”. Así mismo se ha utilizado el Manual de Procedimientos de
la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Manual de fiscalización operativa o de gestión del Tribunal
de Cuentas y las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público Español (NIAES-SP), aprobadas mediante Resolución de 25 de octubre de 2019 de la IGAE.

17

Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
que fundamenten las conclusiones obtenidas. Se considera que la obtenida en la presente
fiscalización operativa, proporciona una base suficiente y adecuada para fundamentar las
conclusiones alcanzadas. Los trabajos de campo finalizaron el 12 de diciembre de 2022.

4. OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

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El objetivo de esta fiscalización es concluir si la gestión de la valoración de las personas con
discapacidad se ha gestionado de conformidad con los principios de eficacia, eficiencia y
economía, y si existen áreas de mejora. La gestión se examina por comparación con los criterios
adecuados; por ende, conlleva el análisis de las causas de las desviaciones de estos criterios u
otros problemas. Se trata de responder a preguntas clave de fiscalización y proporcionar
recomendaciones de mejora.

19

En el punto 23 de la ISSAI-ES 300 se establecen los distintos enfoques de una fiscalización
operativa, orientados al sistema, a resultados y al problema, pudiendo combinarse entre ellos.
Los objetivos de este informe son una combinación de dos de los tres enfoques de fiscalización
operativa3:

3 En la página 87 del Manual de Auditoría de desempeño del IDI, y en la página 25 del Manual del Tribunal de Cuentas
también se detallan estos enfoques, en los que se integra la valoración del control interno.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4.1. Objetivos