3. Otras disposiciones. . (2024/15-47)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre la gestión de la valoración de las personas con discapacidad. Ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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En cuanto a la tramitación del procedimiento, desde que se presenta la solicitud hasta que se
resuelve, se compone de los siguientes tiempos que se van acumulando y que se reflejan en el
gráfico nº 12:
1. Tiempo de grabación de las solicitudes. Días que transcurren desde que la solicitud tiene
entrada en el registro hasta que se graba en el sistema.
2. Tiempo de primera citación. Días que transcurren desde que se solicita la valoración de
la discapacidad hasta que se otorga la primera cita.
3. Tiempo de valoración. Días que transcurren desde que el interesado solicita la
certificación del grado hasta que efectivamente se realiza la valoración.
4. Tiempo de resolución. Días que transcurren desde que se solicita la certificación o
revisión del grado hasta que se resuelve.

Tiempo total del procedimiento

4.Tiempo de resolución
3.Tiempo de valoración
2.Tiempo de primera citación
1.Tiempo de grabación

Tiempo total = Tiempo de resolución

Fuente: Elaboración propia

Gráfico nº 12

¿Qué tiempos medios se invierten en la realización de las valoraciones?
Tiempo medio de grabación de las solicitudes
Esta ratio cuya evolución se detalla en el gráfico nº 13 indica el tiempo medio, reflejado en días,
que se tarda en grabar las solicitudes desde que tienen entrada en el registro. Cada año va
aumentando el tiempo medio de grabación, ascendiendo en el procedimiento 761 a un periodo
de casi cuatro meses, lo que aumenta el retraso de todo el procedimiento de valoración. Se han
reflejado todos los procedimientos excepto el iniciado por la administración, ya que no existe
solicitud, y el de la emisión de la tarjeta de grado porque tampoco la requiere.
Los CVO donde se tardan más días en grabar las solicitudes son los de Sevilla y Málaga, que
coinciden con los que tiene más solicitudes de valoración (§A.29).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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