Disposiciones generales. . (2024/15-2)
Acuerdo de 16 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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ciudadana en programas de voluntariado desarrollados por la ciudadanía a través de
entidades de voluntariado, el fomento de la colaboración de las personas voluntarias
y de las entidades de voluntariado con las Administraciones públicas andaluzas en la
conformación de las políticas públicas. Asimismo, tiene entre sus fines la integración de
la participación ciudadana en el conjunto de las actuaciones de las Administraciones
públicas andaluzas para que ésta pueda ser ejercida tanto individual como colectivamente,
de forma real, efectiva, presencial o telemática.
El citado Plan se estructura en torno a los siguientes contenidos:
a) Análisis de la situación de partida y diagnóstico.
b) Definición de los objetivos estratégicos y las líneas estratégicas de acción.
c) Dotación presupuestaria destinada a su realización.
d) Sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan.
El citado Plan que se aprueba mediante el presente Acuerdo, ha sido elaborado
conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto del Acuerdo de formulación. En cuanto a
su ámbito temporal será 2023-2026.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de
la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de enero de 2024, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobación.
1. Se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana
en Andalucía. Horizonte 2026.
2. El texto del Plan estará disponible en la sección de Planificación, evaluación y
estadística (Planes y programas) del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, y en la web de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.
Segundo. Ámbito temporal.
El ámbito temporal del Plan comprenderá cuatro anualidades, de 2023 a 2026. El
Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Voluntariado
y Participación, podrá acordar su prórroga por un periodo no superior a dos años.
Tercero. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de
Voluntariado y Participación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el
desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Cuarto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de enero de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

00295599

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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