3. Otras disposiciones. . (2024/14-23)
Decreto 12/2024, de 16 de enero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Lugar de Interés Etnológico, el inmueble denominado Parque Balneario de Nuestra Señora del Carmen en Málaga (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

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un entorno de interés paisajístico ligado a un tramo del litoral este de la ciudad, donde se
viene desarrollando, desde su origen hasta la actualidad, un modo de vida y costumbres
relevantes para la población malagueña.
En torno a esta cultura de «baños de mar» se propicia un diálogo entre el lugar y el
medio natural que se ha perpetuado en el tiempo, en el que adquiere su fundamento el
paisaje y la relación de la arquitectura con el mar, en el marco del uso público y disfrute
comunitario de este espacio. Esta relación histórica ha fortalecido la vinculación de la
ciudadanía con el bien, convirtiéndolo en un paisaje simbólico con una fuerte carga
vivencial y de memoria colectiva.
Actualmente se ha consolidado como espacio social abierto, teniendo la
consideración de lugar centralizador de encuentros y actividades de esparcimiento, ocio,
salud y descanso, constituyendo un espacio verde en la trama urbana donde confluyen
valores culturales etnológicos, históricos, arquitectónicos, sociales, paisajísticos,
medioambientales y naturales, que justifican la inclusión del inmueble en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a)
de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de
Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 159/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y
previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de enero de 2024,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295517

III. La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga, mediante
Resolución de 27 de enero de 2023 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 24, de 6 de febrero de 2023), incoó el procedimiento para la inscripción
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural,
tipología Lugar de Interés Etnológico, del inmueble Parque Balneario Nuestra Señora del
Carmen, en el término municipal de Málaga, Málaga, siguiendo la tramitación establecida
en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga emitió informe favorable
a la inscripción del Parque Balneario Nuestra Señora del Carmen como Bien de Interés
Cultural con la tipología de Lugar de Interés Etnológico en sesión celebrada el 26 de
mayo 2023, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos
de información pública, mediante mediante Resolución de 27 de enero de 2023 de la
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga, por la que quedó incoado
el procedimiento, y de audiencia al Ayuntamiento de Málaga y particulares interesados,
habiéndose presentado escritos de alegaciones que fueron contestados por la citada
Delegación Territorial, siendo parcialmente estimadas, según consta en el expediente y
en el presente decreto.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la Ley
14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio
Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, el Lugar de Interés Etnológico
denominado Parque Balneario Nuestra Señora del Carmen, que se describe en el anexo
al presente decreto.
En relación a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, procede instar el asiento de este
inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios
Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7
de enero, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado. Así
mismo, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el
asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.