Autoridades y personal. . (2024/13-21)
Resolución de 11 de enero de 2024, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Técnica de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Jueves, 18 de enero de 2024
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6. Listas de aprobados/as.
6.1. Al finalizar el concurso-oposición, el Tribunal hará pública la lista provisional de
aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición
como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo
de méritos. La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta
convocatoria.
6.2. Contra esta lista podrán presentarse alegaciones ante el Tribunal en el plazo de
3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas
alegaciones serán resueltas en la publicación de la lista definitiva de aprobados/as.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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componentes del Tribunal que hayan de sustituir a las/los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al
menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. En el procedimiento del concurso-oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas
que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en
los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoras/es
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que las/los aspirantes con minusvalías gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las/los demás participantes.
5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las/los aspirantes, utilizando
para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones
Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera
otros equivalentes.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, Carretera de
Sacramento, sin número, teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al
menos una persona, componente o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 4.ª de
las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», de 21 de abril).
5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de
pleno derecho.
5.12. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las/los opositores para que
acrediten su identidad.
5.13. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del
Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar
en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá
dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran
podido incurrir las/los aspirantes, a los efectos procedentes.