3. Otras disposiciones. . (2024/11-38)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica la segunda Adenda al convenio suscrito el 9 de junio de 2021 entre la Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la Comunidad Autónoma de Andalucía (Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades), para la constitución del Consorcio para el impulso de la construcción en España de la infraestructura científico-técnica «International Fusion Materials Irradiation Facility-Demo Oriented Neutron Source» (IFMIF-DONES).
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 16 de enero de 2024

página 249/3

- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior
a 50.
VII. Que, de acuerdo con su cláusula sexta, el convenio podrá ser modificado por
acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, teniendo en cuenta las previsiones
de los estatutos del consorcio y siguiendo los procedimientos que exija la normativa
vigente.
En este sentido, corresponde a la comisión de seguimiento del convenio, de acuerdo
con lo previsto en la cláusula tercera, proponer aquellas otras iniciativas que considere
oportuno con ocasión de la ejecución del convenio, su mejora y eventual prórroga.
VIII. Que en sesión de la comisión de seguimiento del convenio celebrada el 23
de junio de 2023, se ha adoptado el acuerdo unánime de proponer la modificación
del convenio con objeto de establecer la financiación del próximo periodo 2024-2027,
aportando al 50 % entre el MCIU y la CUII.
IX. Que las dos administraciones consorciadas, tras realizar un análisis de la
situación financiera del consorcio a fecha 31 de diciembre de 2022 y teniendo en cuenta
la previsión de los costes de equipamiento y explotación para el periodo comprendido
entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027, han acordado, en la reunión del
Consejo Rector celebrada el 11 de julio de 2023, proponer a las partes consorciadas las
aportaciones correspondientes a dicho periodo.
X. Que según figura en el exponendo VII del convenio de 9 de junio de 2021, el Real
Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias
en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias
para paliar los efectos del COVID-19, dispone en su artículo 2 que la vigencia del
consorcio se mantendrá mientras dure la candidatura para albergar la infraestructura
IFMIF-DONES, y podrá continuar posteriormente en caso de éxito de la misma para
atender las obligaciones que corresponda al Reino de España como país anfitrión de
la infraestructura internacional y para prestar apoyo en su construcción. En fecha 16 de
marzo de 2023 tuvo lugar la primera reunión en Granada del IFMIF-DONES Steering
Committee, órgano de coordinación internacional del proyecto. En dicha sesión quedó
aprobado el documento DONES-00-23-0001 «DONES Programme Framework v.1» que
establece en su epígrafe 1.1.5 DONES los principales hitos y fases del proyecto, entre los
que se encuentra la decisión del emplazamiento, que se fija en Granada-Escúzar.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá
por las siguientes

Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto:
- Establecer las aportaciones de las dos administraciones consorciadas durante el
periodo 2024-2027, modificar la vigencia del convenio y establecer los procedimientos
para la elaboración de una programación estratégica plurianual, conforme a lo previsto en
el artículo 92 apartado 1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre;
- adaptar el convenio al régimen presupuestario, de contabilidad, control económicofinanciero y patrimonial establecido en el artículo 122 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; y
- revisar el régimen de libramientos correspondientes a las aportaciones anuales de
la AGE.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295260

CL ÁUSUL AS