3. Otras disposiciones. . (2024/11-39)
Orden de 8 de enero de 2024, por la que se declara como Acontecimiento de Interés Turístico de Andalucía el «Pride de Torremolinos» (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 16 de enero de 2024

página 294/2

Segundo. El Decreto 116/2016, de 5 de julio, establece en su artículo 1.2 que «Las
Declaraciones de Interés Turístico de Andalucía constituyen un reconocimiento que
otorga la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de turismo,
con el fin de poner de relieve la riqueza, variedad y singularidad del patrimonio andaluz,
destacando aquellos recursos turísticos que poseen una considerable trascendencia
turística en términos de demanda, y que sobresalen por su contribución al desarrollo
de los valores propios y de tradición popular que conforman la imagen turística de
Andalucía».
Por su parte, el artículo 2 del mencionado Decreto 116/2016, de 5 de julio, define las
distintas modalidades de declaración, entre las que se encuentra: «f) Acontecimientos
con trascendencia turística en el ámbito andaluz. Se entiende por acontecimiento aquel
evento programado que, sin perjuicio de su naturaleza cultural, deportiva, medioambiental,
comercial, lúdica o similar, constituye un atractivo turístico del territorio».
Tercero. Esta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte es competente para conocer
y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; en el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte; y en el
Decreto 116/2016, de 5 de julio.
Cuarto. Los requisitos exigidos para la Declaración de Interés Turístico de Andalucía y
los criterios que han de tenerse en cuenta para su valoración por la Consejería competente
en materia de turismo, se han de sujetar a lo establecido para dicha modalidad en el
Capítulo II del Decreto 116/2016, de 5 de julio, donde se establece el procedimiento para
la Declaración de Interés Turístico de Andalucía.
Quinto. Analizada la documentación presentada por la Corporación interesada,
y emitidos los informes y el pronunciamiento del Consejo Andaluz del Turismo que se
determinan en el artículo 15 del meritado Decreto 116/2016, de 5 de julio, en sentido
favorable, esta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, ha constatado el cumplimiento
de los requisitos exigidos para la Declaración como Acontecimiento de Interés Turístico
de Andalucía al «Pride de Torremolinos» (Málaga), poniéndose de manifiesto su especial
importancia como recurso turístico andaluz.
En atención a lo expuesto, vistos los preceptos legales citados, y demás normativa de
general y pertinente aplicación y una vez finalizados los trámites reglamentarios,
RESU ELVO
Primero. Declarar Acontecimiento de Interés Turístico de Andalucía al «Pride de
Torremolinos» (Málaga), poniéndose de manifiesto su especial importancia como recurso
turístico andaluz.

Tercero. La persona solicitante, en calidad de entidad promotora de la declaración y
en atención a lo previsto en el artículo 4.2 del Decreto 116/2016, de 5 de julio, tendrá las
siguientes obligaciones:
a) Evitar cualquier tipo de actuación que conlleve el deterioro del entorno natural o
urbano vinculado al objeto de declaración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295318

Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 4.1 del Decreto 116/2016, de 5 de
julio, se le otorgan los siguientes derechos:
a) A hacerlas figurar en las acciones de promoción.
b) A ser objeto de una específica labor promocional por parte de la Consejería
competente en materia de turismo.