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Acuerdo de 9 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 9 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar.
El 21.12.2023, la Dirección General de Infraestructuras del Transporte de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ordenó el inicio del procedimiento de
expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia, al objeto de tener resuelta la disponibilidad de los terrenos con carácter previo
a a la licitación del concurso para la ejecución de las obras.
El Proyecto de Construcción de «T-MG6211/PPR2. Proyecto Constructivo de Obra
Civil y Superestructura de la Prolongación Sur del Metropolitano de Granada. Tramo:
Churriana de la Vega-Las Gabias» fue aprobado el 3.2.2023 por la Dirección Gerencia
de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en relación con las competencias que le fueron
atribuidas por el Consejo de Gobierno (24.3.2009) relativas a la Línea de Ferrocarril
Metropolitano del Metro de Granada.
El artículo 10.2 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios
de Andalucía (BOJA núm. 251, de 30.12.2006), establece que: «La aprobación del
correspondiente proyecto básico o el de construcción de líneas ferroviarias, tramos de
las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las
preexistentes, supondrá la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad
de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, a efectos de la expropiación
forzosa de los bienes y derechos que requiera la actuación».
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA

Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en los tablones de
anuncios de los Ayuntamientos de Churriana de la Vega y Las Gabias (Granada), en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial
de Granada y en el Diario Ideal de Granada, valiendo estos anuncios como notificación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295245

Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 y siguientes
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, BOE núm. 351, de
17.12.1954 (LEF), y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, BOE núm. 160, de 20.6.1957 (RLEF).