Autoridades y personal. . (2024/8-12)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el nombramiento de personal funcionario de carrera en ejecución de resolución administrativa estimatoria de recurso de alzada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 8 - Jueves, 11 de enero de 2024

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que, de conformidad con el lugar en que, de acuerdo con su puntuación (105,033 puntos)
y número de orden (204 bis), podría haber solicitado plaza en su día, así como formularios
Anexo II, Anexo II-A, Anexo II-B, e instrucciones para conexión a la plataforma en la que
tendrá lugar el acto único.
Quinto. Una vez celebrado dicho acto único y presentada la correspondiente
documentación, en la petición de destino se hace constar por doña Carmen López
Muñoz que la plaza elegida por ella es la correspondiente al puesto de trabajo con
código 1940320, Administrativo/a, en la Gerencia Provincial de Granada, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos/Agencia Tributaria de Andalucía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en su
artículo 12, apartado 1.c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...]»
Segundo. Asimismo, en el artículo 15.3 del Reglamento General de Ingreso, promoción
interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la
Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de
enero (BOJA, núm. 8, de 19 de enero de 2002), establece que:
«Las bases de las convocatorias vinculan a la Administración y a los órganos de
selección que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.»

Cuarto. Por su parte, en la base séptima, apartado 7, de la Resolución de 8 de
noviembre de 2019, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que
se realizó la convocatoria de los procesos selectivos de acceso libre para ingreso en el
Cuerpo General de Administrativos y en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la
Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto
213/2017, de 26 de diciembre, y del Decreto 406/2019, de 5 de marzo (BOJA núm. 220,
de 14 de noviembre), se puntualiza que:
«La fase de concurso consistirá en la valoración por parte de la comisión de selección
de los méritos que acrediten las personas participantes, referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y de acuerdo con el baremo que se detalla en el
Anexo IV.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. En el artículo 24, en sus apartados 1.º y 2.º, del citado Reglamento aprobado
por Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y peticiones de destinos,
el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, nombrará funcionarios
a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos
exigidos en la convocatoria, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas
convocadas.
2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.»