Disposiciones generales. . (2024/6-3)
Orden de 29 de diciembre de 2023, por la que se convocan para 2024 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 9 de enero de 2024

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2. La información asociada al procedimiento de ayudas destinadas a la conservación
y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería está
disponible en el códigos de procedimiento 25090, en el siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25090.html
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al formulario, conforme al
modelo establecido en el Anexo I.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al
que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando
durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de
ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de ayuda organizaciones de criadores
o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias
delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas,
se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la
creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de
mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional
de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de
diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y
fomento de las razas ganaderas.
Las organizaciones o asociaciones deberán ser de alguna de las razas siguientes:
- Especie bovina: Berrenda en colorado; Berrenda en negro; cárdena andaluza;
Marismeña; Negra andaluza; Pajuna; retinta; Lidia.
- Especie ovina: Churra lebrijana; Lojeña; Merina; Merina de Grazalema; Montesina;
Segureña; Merino Precoz.
- Especie caprina: Blanca andaluza; Blanca celtibérica; Florida; Malagueña; Murciano
granadina; Negra serrana; Payoya.
- Especie porcina: Ibérica.
- Especie equina: Hispano-árabe; Hispano-Bretón, Marismeña; Pura raza español;
Caballo de las Retuertas.
- Especie asnal: Andaluza.
- Especie aviar: Andaluza azul; combatiente español; Utrerana.

Sexto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de junio de 2016, por la que
se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la
conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería,
en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 10.2.1),
modificada mediante correcciones de errores de la citada Orden de 30 de junio de
2016 (BOJA número 198, de 14 de octubre de 2016, y BOJA número 223, de 19 de
octubre 2019).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Objeto.
Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos
en la ganadería.