Disposiciones generales. . (2024/6-6)
Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2023, por la que se convocan, para 2024, las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1).
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Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 6 - Martes, 9 de enero de 2024
página 64/2
Tercero. Objeto.
Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos
en la ganadería.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de junio de 2016, por la que
se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la
conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería,
en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 10.2.1)
(BOJA número 126, de 4 de julio de 2016), modificada mediante correcciones de errores
de la citada Orden de 30 de junio de 2016 (BOJA número 198, de 14 de octubre de 2016
y BOJA número 223, de 19 de octubre de 2019).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
Para las actividades focalizadas en materia de ganadería, la ayuda se basará en
baremos estándar de costes unitarios, conforme a lo establecido en el artículo 67.1.b) y
al artículo 67.5.a) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y a lo especificado en el anexo.
Adicionalmente, se establecen las siguientes limitaciones:
- Por inscripción de animales en libros (A) la cuantía máxima será de 85.000 euros/
entidad/anualidad completa.
Para el resto de actividades focalizadas en ganadería (B, C y D) no podrán superarse
en conjunto la cuantía de 190.000 euros/entidad/anualidad completa.
- Dentro de los compromisos voluntarios, para los análisis genéticos (C), se establece
una cuantía máxima de 30.000 euros/entidad/anualidad completa.
Además de lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen, se establecen
los siguientes costes unitarios de las actuaciones focalizadas en ganadería, relacionadas
con el tipo de compromiso.
LIBRO GENEALÓGICO (A) (€/ejemplar)
Registro auxiliar A y
Registro fundacional
Especie
Registro auxiliar B y
Registro definitivo
General
Razas Peligro Extinción
General
Bovina
8,42
14,52
30,40
42,91
Ovina
3,45
5,90
16,56
20,20
Caprina
4,16
7,76
16,63
20,23
Porcina
2,80
Equina
11,95
Aviar
Razas Peligro Extinción
7,37
16,74
31,49
2,61
52,72
2,61
CONTROL DE RENDIMIENTO (B) (€/prueba realizada)
Bovina
Producción cárnica
Producción lechera
Prueba funcionalidad
General
Razas Peligro
Extinción
General
Razas Peligro
Extinción
8,87
10,68
2,39
-
--
Ovina
1,72
2,18
1,56
2,45
--
Caprina
1,98
2,37
1,44
1,71
--
Porcina
2,16
--
-
--
Equina
--
--
-
67,80
Aviar
--
--
-
--
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295026
Especie
BOJA
Número 6 - Martes, 9 de enero de 2024
página 64/2
Tercero. Objeto.
Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos
en la ganadería.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de junio de 2016, por la que
se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la
conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería,
en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 10.2.1)
(BOJA número 126, de 4 de julio de 2016), modificada mediante correcciones de errores
de la citada Orden de 30 de junio de 2016 (BOJA número 198, de 14 de octubre de 2016
y BOJA número 223, de 19 de octubre de 2019).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
Para las actividades focalizadas en materia de ganadería, la ayuda se basará en
baremos estándar de costes unitarios, conforme a lo establecido en el artículo 67.1.b) y
al artículo 67.5.a) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y a lo especificado en el anexo.
Adicionalmente, se establecen las siguientes limitaciones:
- Por inscripción de animales en libros (A) la cuantía máxima será de 85.000 euros/
entidad/anualidad completa.
Para el resto de actividades focalizadas en ganadería (B, C y D) no podrán superarse
en conjunto la cuantía de 190.000 euros/entidad/anualidad completa.
- Dentro de los compromisos voluntarios, para los análisis genéticos (C), se establece
una cuantía máxima de 30.000 euros/entidad/anualidad completa.
Además de lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen, se establecen
los siguientes costes unitarios de las actuaciones focalizadas en ganadería, relacionadas
con el tipo de compromiso.
LIBRO GENEALÓGICO (A) (€/ejemplar)
Registro auxiliar A y
Registro fundacional
Especie
Registro auxiliar B y
Registro definitivo
General
Razas Peligro Extinción
General
Bovina
8,42
14,52
30,40
42,91
Ovina
3,45
5,90
16,56
20,20
Caprina
4,16
7,76
16,63
20,23
Porcina
2,80
Equina
11,95
Aviar
Razas Peligro Extinción
7,37
16,74
31,49
2,61
52,72
2,61
CONTROL DE RENDIMIENTO (B) (€/prueba realizada)
Bovina
Producción cárnica
Producción lechera
Prueba funcionalidad
General
Razas Peligro
Extinción
General
Razas Peligro
Extinción
8,87
10,68
2,39
-
--
Ovina
1,72
2,18
1,56
2,45
--
Caprina
1,98
2,37
1,44
1,71
--
Porcina
2,16
--
-
--
Equina
--
--
-
67,80
Aviar
--
--
-
--
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295026
Especie