3. Otras disposiciones. . (2024/5-29)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). Ejercicio 2020.
61 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

página 40/59

El personal designado para ocupar un cargo por el cual quede excluido del ámbito de aplicación de
la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 3 de la
misma, y que mantuviera en el momento del nombramiento una relación de servicio permanente
con alguna Administración Pública, no podrá percibir retribuciones inferiores a las que pudieran
corresponderle en el puesto de trabajo que desempeñaba en la Administración de origen. Cuando
se diera esta circunstancia, se devengará un complemento personal obtenido por la diferencia
retributiva, teniendo en cuenta para su cálculo todos los conceptos retributivos del puesto de
origen, con exclusión de las gratificaciones por servicios extraordinarios y del cargo en que han
sido designados, en cómputo anual. Este complemento se actualizará en el mismo porcentaje en
que lo sea el incremento general de retribuciones de cada ejercicio presupuestario. No obstante,
absorberá cualquier otro incremento superior a éste en las retribuciones del cargo en que fueron
nombrados.
Quienes vinieran devengando el complemento a la entrada en vigor de esta Ley, conservarán en
todo caso el derecho al mismo hasta su cese, actualizándose de acuerdo con lo aquí dispuesto.
De acuerdo con lo anterior, mediante Resolución del Presidente de la Agencia Tributaria de
Andalucía de fecha 18 de febrero de 2019, se acuerda abonar la diferencia retributiva al Director de
la ATRIAN atendiendo a los cálculos incluido en el Anexo de la citada resolución.
Retribución como Director de la ATRIAN: 57.068,04 euros (sueldo + complemento destino +
complemento especifico + paga extra) + Productividad Director ATRIAN (4.176 euros) = 61.244,04
euros.
Retribución puesto de origen: calculada de conformidad con el certificado expedido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria = 102.426,65 euros, teniendo en cuenta tal y como indica la
Disposición Adicional séptima del citado texto legal “todos los conceptos retributivos del puesto de
origen”, excluyendo las gratificaciones extraordinarias.
Diferencia = 41.182,62 euros.
Este complemento se actualizará en el mismo porcentaje en que lo sea el incremento general de
retribuciones de cada ejercicio presupuestario. De acuerdo con lo anterior, el importe de la
diferencia retributiva para 2020 asciende a 42.006,12 euros.
Por tanto, la determinación de la diferencia retributiva es conforme a lo dispuesto en la Disposición
Adicional Séptima de la Ley 7/1997, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 1998.
TRATAMIENTO DE ALEGACIONES

00295000

La alegación presentada no hace referencia al punto 43.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja