3. Otras disposiciones. . (2024/5-21)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Directora General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2024.
8 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

página 40004/7

Base novena. Solicitud de expedición de títulos.
1. Las personas interesadas solicitarán la expedición de la titulación mediante el
modelo disponible en la página web del Instituto Andaluz del Deporte y lo presentarán
preferentemente en el Registro del Instituto Andaluz del Deporte, de las Delegaciones
Territoriales de Turismo, Educación y Deporte, por los medios previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, acompañando la solicitud de la siguiente
documentación:
a) Resguardo «Ejemplar para la Administración» del abono de la tasa en el impreso
multicopia 046.
b) Certificado de Aptitud Psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de
Conductores (CRC), que acredite el cumplimiento de los requisitos de aptitud psicofísica
exigidos por la normativa estatal para el gobierno de embarcaciones de recreo. El
informe de aptitud psicofísica deberá estar en vigor y aportarse por el interesado. No
será necesaria la realización de un nuevo reconocimiento para aquellos ciudadanos que
acrediten que no han pasado más de dos años desde la fecha de obtención o renovación
de su permiso de conducir vehículos terrestres a motor en vigor, para ello presentarán
una copia del citado permiso. No obstante lo anterior, será necesaria una revisión ocular
a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el verde y el rojo, que deberá
realizarse en un CRC. En todo caso, si se produjera una modificación de las condiciones
psicofísicas de forma que ésta pudiera afectar a las condiciones para el gobierno de las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294995

b) Los aspirantes con nacionalidad de cualquiera de los países pertenecientes a la
Unión Europea, deben presentar el Certificado del Registro de Ciudadanos de la Unión
Europea donde conste el NIE, así como el Documento Nacional de Identidad de su país
de origen o el pasaporte con el que realizaron la inscripción en el citado Registro.
c) Los aspirantes con nacionalidad de un país no pertenecientes a la UE, deben
presentar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) junto con el pasaporte original y en
vigor.
En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador Único o el personal
colaborador podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.
3. Una vez concluidas todas las pruebas teóricas para la obtención de las
correspondientes titulaciones, el Tribunal Calificador Único remitirá al Instituto Andaluz
del Deporte la propuesta de las calificaciones del examen teórico, haciéndose público en
los lugares establecidos en la base cuarta.
4. Los aspirantes podrán presentar alegaciones ante el Tribunal Calificador Único en
el plazo de siete días contados a partir del día siguiente al de su publicación, en los
mismos términos que lo dispuesto para las solicitudes de admisión en la base tercera.
5. Transcurrido el plazo referido anteriormente, el Tribunal Único resolverá
motivadamente sobre las alegaciones presentadas y remitirá al Instituto Andaluz del
Deporte las calificaciones definitivas de los exámenes teóricos para cada una de las
titulaciones.
6. La persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Deporte dictará
Resolución con las calificaciones definitivas de cada una de las titulaciones, que se
harán públicas en los lugares establecidos en la base cuarta y tendrán el carácter de
notificación a las personas interesadas.
7. Contra la resolución anterior los aspirantes podrán interponer recurso potestativo
de reposición ante la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Deporte, en
el plazo de un mes, o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente a su exposición simultánea en
los tablones de anuncios y en la página web del Instituto Andaluz del Deporte.