3. Otras disposiciones. . (2024/5-21)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Directora General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

página 40004/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE

Los artículos 72.1 y 48.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuyen a la
Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de deporte y formación y de
las titulaciones en actividades de recreo. El traspaso de funciones y servicios del Estado
en materia de enseñanzas náutico-deportivas y subacuático-deportivas se hizo efectivo
mediante el Real Decreto 1405/1995, de 4 de agosto.
De conformidad con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, y el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, se
dispone la adscripción a la Consejería del Instituto Andaluz del Deporte como servicio
administrativo con gestión diferenciada, dependiente de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte.
La regulación de las competencias, estructura y funcionamiento del Instituto
Andaluz del Deporte se encuentra en el Decreto 48/2013, de 16 de abril, según el cual
corresponden a este órgano la gestión y control de las condiciones y pruebas para la
obtención de títulos para el gobierno de las embarcaciones de recreo, la expedición de
títulos y tarjetas de identidad marítima y la comprobación y vigilancia de los requisitos y
condiciones de los centros de formación de enseñanzas náutico-deportivas.
La Orden de 2 de julio de 2009, por la que se regulan los exámenes para la obtención
de títulos náuticos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos
náuticas, las pruebas para la obtención de dichos títulos y los requisitos de los centros
de formación de enseñanzas náutico-deportivas, establece la regulación, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de las condiciones de obtención de los títulos
náuticos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas, de
las pruebas para la obtención de dichos títulos, y de la habilitación para el gobierno de
las embarcaciones a vela. La citada orden dispone que las pruebas de cada una de las
titulaciones de gobierno de las embarcaciones de recreo se convocarán ordinariamente,
con periodicidad anual, mediante resolución de la Dirección del Instituto Andaluz del
Deporte, delegándose en este las competencias en materia de enseñanzas náuticodeportivas previstas en la referida orden.
La Orden de 2 de julio de 2009 establece, en su artículo 5.1, la competencia para
realizar la convocatoria ordinaria anual en la Dirección del Instituto Andaluz del Deporte.
No obstante, la situación de ausencia de la persona titular de la citada Dirección obliga a
poner en marcha el mecanismo de la suplencia temporal, considerándose, en aplicación
de los artículos 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y 109.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, que la presente convocatoria debe llevarse a cabo por la persona titular de la
Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, órgano administrativo al que está
adscrito el Instituto Andaluz del Deporte en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.2 del
Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Por todo lo anteriormente expuesto, en el uso de las atribuciones que me han sido
conferidas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 2 de enero de 2024, de la Directora General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de
títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2024.