Autoridades y personal. . (2024/4-5)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 5 de enero de 2024

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2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de
Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas
básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia
Hospitalaria, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
De conformidad con lo establecido en las bases 6 y 7 del Anexo I de la Resolución 11 de
agosto de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA
núm. 158, de 18 de agosto de 2023), por la que se convoca concurso de traslado para la
provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Facultativo/a Especialista de Área,
especialidad Farmacia Hospitalaria, dependiente del Servicio Andaluz de Salud, resueltas
por la Comisión de Valoración las alegaciones formuladas contra la Resolución de 13 de
noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud
(BOJA núm 220, de 16 de noviembre de 2023), por la que, a propuesta de la Comisión de
Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas
vacantes de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria,
dependiente del Servicio Andaluz de Salud, se aprueba la resolución provisional de
dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales; a propuesta de
dicha Comisión de Valoración, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud
de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio),
modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre),
por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión
de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el
Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto), por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta
Dirección General
RESU ELV E

Segundo. Publicar como Anexo I de la presente resolución las listas definitivas de las
personas concursantes que obtienen destino, con indicación de la puntuación otorgada por
la Comisión de Valoración, así como de la plaza definitivamente adjudicada, y con indicación
de no haber sido baremado/a si no ha sido relevante para la adjudicación de dichos destinos.
En dicha lista definitiva también se hará constar las personas concursantes a las que
se les ha denegado su participación condicionada por razones de convivencia familiar
en aplicación de la base 3.4 por no haber cumplido con algún/os del/de los requisito/s
formales exigidos en dicha base y la/s causa/s de denegación, que han obtenido destino
en virtud de su participación ordinaria en el concurso de traslado al cumplir los requisitos
para ello.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294979

Primero. Aprobar, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración, la resolución
definitiva del concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de
Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria.
La presente resolución adjudica definitivamente las plazas ofertadas, así como las
plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes
admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al
orden determinado por la puntuación obtenida.