Disposiciones generales. . (2024/2-3)
Extracto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

página 19625/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Extracto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de
Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, para la dinamización de centros de competencias
digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de
2021. Línea CAPI Mantenimiento.
BDNS (Identif): 735751.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para su ejecución en el ejercicio 2024, la concesión de la línea de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades
asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía en situación de
brecha digital, para la dinamización de centros de competencias digitales.
Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria y crédito que
se indican a continuación:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

ANUALIDAD 2024

TOTAL

0131010000 G/12D/48001/00 01

2.032.334,58 euros

2.032.334,58 euros

Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 9 de noviembre
de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de
Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en
zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias
digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021).

Cuarto. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades
asociativas sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos siguientes:
a) Estar legalmente constituida como entidad asociativa sin ánimo de lucro e inscrita en el
registro público que corresponda en función de su naturaleza jurídica y ámbito de actuación.
b) Haber resultado beneficiaria al amparo de la convocatoria inmediatamente anterior
de las subvenciones destinadas a la dinamización de la red de centros en la misma zona
desfavorecida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294892

Tercero. Conceptos subvencionables.
Son conceptos subvencionables las acciones de sensibilización y capacitación
digital, desempeñadas por el personal dinamizador de los centros de competencias
digitales, necesarias para desarrollar las competencias digitales de la ciudadanía en
situación de brecha digital de las zonas desfavorecidas, con el objetivo de contribuir a la
transformación digital de Andalucía.