5. Anuncios. . (2024/2-64)
Anuncio de 22 de diciembre de 2023, de la Mancomunidad de Municipios Vega del Guadalquivir, de aprobación de oferta extraordinaria de empleo público de estabilización. (PP. 3553/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
MANCOMUNIDADES
Anuncio de 22 de diciembre de 2023, de la Mancomunidad de Municipios Vega
del Guadalquivir, de aprobación de oferta extraordinaria de empleo público de
estabilización. (PP. 3553/2023).
Por Decreto de Presidencia núm. 175/2023, de fecha 19 de diciembre de 2023, se ha
aprobado la oferta extraordinaria de estabilización de empleo público en la Mancomunidad
de Municipios Vega del Guadalquivir, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medias urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público, lo que se hace público a los efectos oportunos, en cumplimiento del
artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local,
y el artículo 70.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
FUNCIONARIOS
DENOMINACIÓN

SISTEMA ELECTIVO

1. ASESOR JURÍDICO

CONCURSO-OPOSICIÓN

Contra este decreto de aprobación de la OPE de estabilización 2023 podrán los
interesados interponer recurso potestativo de reposición ante esta Presidencia, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán interponer
alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo con sede en Córdoba en el plazo de dos meses, de conformidad con lo
establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8. 10 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En
caso optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso
de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la
notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo
ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

00294707

Posadas, 22 de diciembre de 2023.- El Presidente, Emilio Martínez Pedrera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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