Disposiciones generales. . (2024/1-5)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Plan de Formación Corporativa para 2024 y se convocan determinados cursos de los Programas de Formación General y de Formación de Justicia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 2 de enero de 2024

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Además, a las personas seleccionadas se les notificará, mediante correo electrónico dirigido a la
dirección de correo corporativo, el comienzo de la acción formativa en la que obtuvieron plaza
indicando los datos pertinentes de fecha de inicio, lugar de impartición y horario en su caso. Por su
parte, la persona seleccionada deberá responder a este e-mail confirmando su asistencia o
renunciando al curso.
Si durante el proceso se detectara que los datos que figuran en la solicitud no son ciertos o que la
persona solicitante no cumple los requisitos de acceso, dicha persona quedará excluida.
4.3.5 Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de Justicia
Las personas asistentes a las acciones formativas recogidas en el anexo IX devengarán, desde el día de
inicio de la acción, las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan según la
legislación vigente en la materia.
La orden de viaje deberá ser autorizada previamente por la persona titular de la Secretaría General
Provincial de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la provincia donde
radique el puesto de trabajo. Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones
formativas y acreditada la asistencia a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.
La concesión de la licencia y autorización de la orden de viaje estarán supeditadas a las necesidades
del servicio de origen.

4.3.6 Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas de las personas que forman parte de las
redes de personas colaboradoras del IAAP.
Las personas que forman parte de las redes de personas colaboradoras del IAAP en los programas de
Comunidades de Práctica, de Evaluación de Políticas Públicas, de Gestión del Conocimiento, de
Innovación Pública y de Mentoría, que asistan a las acciones formativas específicas de estos
programas devengarán las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan por su
participación según la legislación vigente en la materia, siempre que se recoja expresamente en sus
convocatorias y respecto al ámbito de aplicación del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones formativas y acreditada la asistencia
a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.

00294739

La concesión de la licencia y autorización de la orden de viaje estarán supeditadas a las necesidades
del servicio en origen.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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