Disposiciones generales. . (2024/1-4)
Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía (Munitur).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 2 de enero de 2024

página 40284/2

de Andalucía, cuyo cuadro resumen actualizado se recoge en el Anexo I de la Orden de
15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de
la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes
turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio).
Quinto. Importe.
La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado
en las partidas presupuestarias indicadas a continuación, en la cuantía total máxima de
4.388.646,02 €.
CONCEPTO PRESUPUESTARIO

IMPORTE

1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2024

2.194.323,01 euros

1600010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2025

2.194.323,01 euros

El porcentaje máximo de la subvención será de hasta el 100% del proyecto
subvencionable, siempre que no supere la cuantía máxima correspondiente al 8% sobre
la participación de cada una de ellas, en el ejercicio 2022, en el Fondo de Participación de
las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (PATRICA).
Dado que actualmente se encuentran declarados un total de 46 Municipios Turísticos
de Andalucía, el número de beneficiarios máximo será de 46, para el supuesto de que
todas las subvenciones concedidas ascendieran a la cuantía máxima indicada.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación
de documentos a los que se refiere la resolución de convocatoria, figuran publicados en
el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrán
obtener, además de en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la
siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/areas/turismo.html
También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional
de Publicidad de Subvenciones.

00294840

En Sevilla, a 22 de diciembre de 2023.- El Consejero de Turismo, Cultura y Deporte,
P.D. (disposición adicional única de la Orden de 27 de julio de 2027, BOJA núm. 147), la
Secretaria General para el Turismo, Fdo.: Yolanda de Aguilar Rosell.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja