3. Otras disposiciones. . (2023/248-29)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones a Federaciones Provinciales de Asociaciones del alumnado y de Asociaciones del alumnado en Andalucía con la finalidad de promover y desarrollar proyectos o programas que potencien y favorezcan la participación para el curso 2023-2024.
11 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19453/3

Evaluadora Provincial, figurarán en el apartado primero, la entidad sin ánimo de lucro
beneficiaria definitiva, el presupuesto aceptado y la subvención concedida, según lo
establecido en el artículo 17 de la Orden 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, que en su
artículo 2 señala, entre sus objetivos, el de potenciar el valor de la interculturalidad,
integrando en el hecho educativo la riqueza que supone el conocimiento y el respeto
por la cultura propia de los grupos minoritarios, así como el de desarrollar actitudes de
comunicación y respeto entre los miembros de la comunidad educativa.
Asimismo, el Capítulo V de la Ley, describe las actuaciones a desarrollar con la
población escolar perteneciente a minorías étnicas y culturales. Finalmente, en su artículo
25 configura la posible colaboración con entidades sin fines lucrativos en el desarrollo de
estas actuaciones.
2. El Decreto 167/2003, que desarrolla la ley citada, ordena la atención educativa a
los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones
sociales desfavorecidas y se articula un conjunto de medidas y actuaciones de carácter
compensador, dirigidas al alumnado que se encuentre en situación de desventaja
sociocultural.
3. El Decreto 124/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprobó el III Plan
Integral para la Inmigración, entre cuyos objetivos está el de asegurar el acceso, en
condiciones de igualdad y equidad de la población extranjera, a la educación, con
medidas de promoción de proyectos de intervención socio-educativa para la prevención
del absentismo escolar dirigidos a garantizar la inclusión social de los sectores de la
población más desfavorecidos.
4. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece un modelo de
educación que concede una especial importancia a la participación, En el preámbulo de
la citada ley se indica la necesidad de que todos los Componentes de la Comunidad
Educativa colaboren para conseguir la calidad y la equidad en la educación.
5. El Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Andalucía, establece en su artículo 10.1 que
la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que la libertas
e igualdad de los hombre y las mujeres de los grupos en que se integran sea reales y
efectivas, removiendo los obstáculos que impidan y dificulten su plenitud y facilitando las
participación de todos los andaluces y andaluzas en la vida política, económica, social y
cultural.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294668

Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.
Es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera,
desarrollado por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en
el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de
4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras
disposiciones de obligado cumplimiento.