Disposiciones generales. . (2023/248-10)
Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19510/14

y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y
calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
2. Adaptación y/o ampliación de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas Mayores, a fin de
adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, según el Acuerdo del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de
acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
En ambos casos se entenderán como subvencionables aquellos proyectos de inversión que cuenten, o bien
con Proyecto básico de la actuación a realizar visado por el Colegio de Arquitectos conforme a la normativa
vigente, o bien, con Proyecto de ejecución, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
☒Sí
☐No
☐ Límite de reformulación:
2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
☐ No
☒Sí. Número: Podrá presentarse una solicitud por centro, siendo incompatible presentar solicitudes
referidas a centros que se ubiquen en el mismo edificio o compartan infraestructuras. Cada entidad podrá
presentar un máximo de dos solicitudes como titular de centro. Excepcionalmente, este límite por entidad
podrá superarse hasta un máximo de otras dos solicitudes para aquellas entidades que sean gestoras de
centros cuya entidad titular no cumpla los requisitos para concurrir a estas subvenciones.
☐ Solo se puede optar a una de ellas.
☒ Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que las entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se
entenderá que ha optado por: las últimas que hayan tenido entrada en el registro,
procediendo a la inadmisión de las restantes.
2.d) Ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad:
☒ La Comunidad Autónoma Andaluza.
☐ La provincia:
☐ Otro ámbito territorial:
☒ Otro ámbito funcional: Tipología de centro: Centro de Día y Centro Residencial; tipología de
entidad: entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social.

00294730

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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