Disposiciones generales. . (2023/248-11)
Extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea- NEXT GENERATIONEU y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19512/2

Cuarto. Bases reguladoras.
Según lo establecido en el art 61. 1 del Real Decreto -ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán
incorporar la convocatoria de las mismas. Consecuentemente, dicha orden establece las
condiciones para la concesión de las mismas.
Quinto. Dotación.
La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en
el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las
subvenciones a conceder se describe en el Anexo I que se acompaña.
En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se deja constancia de que la dotación presupuestaria a la que se
circunscriben las actuaciones subvencionables se produce con cargo a los recursos de la
Junta de Andalucía consignados en los presupuestos para el ejercicio de 2023, con cargo
a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del
cuadro resumen de cada línea aprobado mediante esta orden.
2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el
apartado 10.c) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante la Orden de 19 de
diciembre de 2023. Las solicitudes indicadas se presentarán en el registro electrónico de
la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.
Octavo. Otros datos.
Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos a los que se refiere esta orden anteriormente referenciada,
se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25436.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25437.html
en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el
artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a
efectos informativos.

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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